Entonces, estando en una situación como la que está ahí remarcada en el cuadro que estamos
observando para que se pueda ver todo el efecto vídeo y todo los que vinieron a continuación,
toda la problemática, la renuncia del ex Presidente, entonces se diseñó un esquema para poder
ver de que no tener que cerrar las instituciones perjudicando depositantes, en los cuales habían
privados y el Estado.
O sea, el Estado en varios bancos tenía altos depósitos igualmente y nosotros observamos de que
cerrando uno o dos bancos, podía haber también un impacto en otros bancos en el sistema,
entonces se discutió este tema con el entonces ministro Silva Ruete, se hizo una evaluación de
las circunstancias y se diseñó este esquema que es bastante parecido al esquema que hicieron en
Bolivia al cual usted hacía referencia del año 2000, hay bastante similitudes en la cual se da la
posibilidad de que se dé una fusión entre un banco calificado como calificadoras de riesgo como
A o B+ y con un banco que estuviera en problemas.
Entonces, se diseñó este programa para cubrir esos objetivos y tenía un mecanismo de
compartimento de pérdida entre el Estado y el sector privado a través del Fondo de Seguro de
Depósito, entonces aquí el Estado y el Fondo de Seguros comparte pérdidas.
Implicaba hacer una valorización del banco que iba a ser adquirido en un plazo de 90 días en
base a los activos que fueran considerados, que tenían valor, la valorización considerada
compromisos de recompra de cartera transferida en los marcos de canje de bonos; esto es, si es
que la valorización lo que hiciera el 0,99 automáticamente se regresaba la cartera, se regresaba al
banco que había canjeado bonos y se determinaba las pérdidas que había, con la finalidad que el
banco que adquiría no se llevaba las pérdidas del banco a ser adquirido.
Si la valorización fue negativa, la empresa adquiriente recibiría cursos provenientes de la línea
del Fondo de Seguro y después de la línea de bonos del Decreto de Urgencia N.° 108.
Aquí tenemos resumido de manera gráfica cómo funciona o funcionaba este programa. Este
programa fue hecho solamente para los bancos que estaban en funcionamiento y teníamos una
institución que adquiría y un banco a ser transferido, entonces esta firmaban como un acuerdo de
transferencia pendiente de precio porque el precio se determinaba luego de las valorizaciones, el
MEF autoriza la operación y terminaba el proceso.
Perdón, hay un problema ahí en la secuencia. El MEF autoriza la operación, se va a la
valorización; en la valorización si encuentra faltante se determina el faltante y se cubre de la
siguiente manera. La diferencia entre activos y pasivos, primero se cubre con el Fondo de
Seguros de Depósitos y después con bonos del Tesoro del 108.
Los bonos del Tesoro se cubre con parte de activos que salen del banco a ser transferido porque
todas la cartera que estuviera provisionada al 100% luego de la valorización, se transfiere al
fideicomiso, entonces estos son los activos del banco a ser transferido. Toda esa cartera que es
provisionada al 100% se transfiere al banco a ser transferido y la prelación para el fideicomiso
—esa prelación está malo— primero es el Tesoro después es el Fondo de Seguro y finalmente
los accionistas del banco a ser transferido.
No sé si este proceso es claro, señor Presidente.
El señor PRESIDENTE.— Le pregunto, señor superintendente.
El Estado emite bonos que apuntan a cubrir problemas que tiene el banco y la garantía de esos
bonos son ¿qué cosa?, ¿son activos del banco?, ¿son activos más préstamos que se consideran
cobrables del banco? Es decir, estamos hablando de bienes inmuebles, de recursos físicamente
constatables o estamos hablando también de que el Estado se hace parte de la cartera como
garantía de esos bonos o se hace de toda la cartera como garantía de esos bonos y cómo se evalúa
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