72 Alfonso W. Quiroz con crecientes advertencias contra el pernicioso abuso de fraude por parte de los oficiales reales.29 La persistente práctica de la venta de oficios sería abolida solo en 1812. Hacia el final de su extenso tratado, Ulloa y Juan ponen el dedo en el meollo central de la corrupción colonial: «Empieza el abuso del Perú desde aquellos que debieran corregirlo».30 Se referían así a la colusión de la más alta autoridad, el virrey, con los grupos de intereses locales. El virrey tenía la autoridad centralizadora para otorgar el acceso al poder y podía reforzar así sus redes de patronazgo para conseguir ventajas políticas y ganancias privadas. Para gobernar sin mayor oposición interna, los virreyes respaldaban los abusos y excesos, activa o pasivamente, en conjunción con los oidores de las audiencias y otras autoridades.31 Varios virreyes participaron del cohecho al recibir sobornos abierta o encubiertamente por conceder cargos vacantes y decidir e imponer sentencias judiciales sesgadas.32 Esta verdad esencial del funcionamiento de las altas esferas de la administración virreinal habría de afectar personalmente a Ulloa cuando se vio enredado en amargas disputas durante su gestión como gobernador provincial y superintendente de minas de Huancavelica en el periodo 1758-1764. Ulloa no fue el primer autor que puso al descubierto los males de la corrupción en la colonia peruana y su corte virreinal. En realidad, Ulloa formaba 29. Pedro Ureta (secretario del virrey) a Oficiales de las Cajas Reales, Lima, 12 de mayo de 1777, caja 15, n.° 157, Andean Collection, Yale University. 30. Juan, Jorge y Antonio de Ulloa. «Discurso y reflexiones políticas…», f. 830. 31. Este acomodamiento de los virreyes y otras autoridades coloniales con grupos de élite es similar al que surgiera después de la independencia entre los caudillos militares, que intentaban consolidar su poder bajo condiciones institucionales sumamente inestables, y los grupos de interés locales y extranjeros, que hacían préstamos efectuando adelantos contra los impuestos a las importaciones y exportaciones. Véase el cap. 2. 32. «Virreyes ha conocido el Perú tan poco cautos en este particular que hacían fuese público el cohecho, otros que lo han admitido con tono, o disfraz de regalo, y otros más cautos aún que lo han permitido a su propio beneficio, ha sido con tal industria que han dejado dudar del hecho, para que unos lo atribuyan a intereses de sus criados y confidentes, y otros a utilidad de los mismos virreyes partiéndolo con los que intervienen en la negociación. Pero también ha habido otros tan apartados de intereses y tan arreglados a justicia que ni han querido admitir nada por estas mercedes, ni han consentido que lo hiciesen sus familiares» (Juan, Jorge y Antonio de Ulloa. «Discurso y reflexiones políticas…», ff. 834-835; veánse, también, los ff. 837-839); y Fisher, John. Government and Society in Colonial Peru: The Intendant System, 1784-1814. Londres: Athlone Press, 1970, p. 9.

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