HUMBERTO MORALEZ RAMÍREZ
incrementado de 3.8% a 7% del PBI el monto destinado al
financiamiento que puede aportar el Estado Peruano para las APP.
C. Decreto Supremo Nº 181‐2008‐EF: (31/12/2008)
Se aprobó la operación de endeudamiento externo acordada con
la corporación andina de fomento (caf), hasta por trescientos
millones y 00/100 dólares americanos (us$ 300 000 000,00)
destinada a financiar parcialmente las obras faltantes de los
tramos 2, 3 y 4 del proyecto corredor vial interoceánico Perú ‐
Brasil (IIRSA sur)
Se aprueba un endeudamiento para contar con montos adicionales que
permitan cubrir los proyectos relativos a los tramos 2, 3 y 4; a pesar de
que estos fueron materia de las ampliaciones presupuestales ya
señaladas en la Ley 29309 y en el Decretos de Urgencia 045-2008
D. Decreto Legislativo N° 1003
Modifica la ley general del patrimonio cultural de la nación, para
agilizar la tramitación de la ejecución realización de obras
públicas.
En esta norma se elimina el procedimiento previo ante el INC para las
concesiones que afecten bienes culturales de la nación y se permite
que los propios concesionarios tramiten dicha autorización, una vez
iniciada la obra. Se aplica también el silencio administrativo positivo.
E. Decreto Supremo N° 003-2009-ED
Reduce el plazo para la expedición de la certificación de
inexistencia de restos arqueológicos para acelerar la ejecución de
los proyectos de infraestructura priorizados por los decretos de
urgencia 047-2008 y 010-2009.
Mediante este Decreto Supremo se establece que estas certificaciones
(CIRA) se tramitarán en solo 15 días en lugar de los 30 previstos
anteriormente; sin embargo, no establece presupuestos adicionales o
recursos extraordinarios para el INC.
F. Decreto Supremo 038-2009-EF: (15/0272009)
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