HUMBERTO MORALEZ RAMÍREZ incrementado de 3.8% a 7% del PBI el monto destinado al financiamiento que puede aportar el Estado Peruano para las APP. C. Decreto Supremo Nº 181‐2008‐EF: (31/12/2008) Se aprobó la operación de endeudamiento externo acordada con la corporación andina de fomento (caf), hasta por trescientos millones y 00/100 dólares americanos (us$ 300 000 000,00) destinada a financiar parcialmente las obras faltantes de los tramos 2, 3 y 4 del proyecto corredor vial interoceánico Perú ‐ Brasil (IIRSA sur) Se aprueba un endeudamiento para contar con montos adicionales que permitan cubrir los proyectos relativos a los tramos 2, 3 y 4; a pesar de que estos fueron materia de las ampliaciones presupuestales ya señaladas en la Ley 29309 y en el Decretos de Urgencia 045-2008 D. Decreto Legislativo N° 1003 Modifica la ley general del patrimonio cultural de la nación, para agilizar la tramitación de la ejecución realización de obras públicas. En esta norma se elimina el procedimiento previo ante el INC para las concesiones que afecten bienes culturales de la nación y se permite que los propios concesionarios tramiten dicha autorización, una vez iniciada la obra. Se aplica también el silencio administrativo positivo. E. Decreto Supremo N° 003-2009-ED Reduce el plazo para la expedición de la certificación de inexistencia de restos arqueológicos para acelerar la ejecución de los proyectos de infraestructura priorizados por los decretos de urgencia 047-2008 y 010-2009. Mediante este Decreto Supremo se establece que estas certificaciones (CIRA) se tramitarán en solo 15 días en lugar de los 30 previstos anteriormente; sin embargo, no establece presupuestos adicionales o recursos extraordinarios para el INC. F. Decreto Supremo 038-2009-EF: (15/0272009) 131

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