13.
Crear un programa de recompensas que otorgue incentivos monetarios a quienes
denuncien actos de corrupción en el sector público, que proporcionen información útil
y no conocida por las autoridades, y que resulte en la aplicación de sanciones por
actos de corrupción. Los denunciantes deberán contar con un régimen efectivo de
protección.
14.
Los medios de comunicación del Estado -en coordinación con los medios privados
que libremente lo consideren- organizarán y desarrollarán programas y campañas
que pongan en valor la importancia de una cultura ciudadana que sustente las
prácticas de integridad y la lucha contra la corrupción.
IV.
EVITAR El TRÁFICO DE INFLUENCIAS
El tráfico de influencias es una demostración de que las reglas de juego no son
iguales para todos. Y es el origen de una cadena de vicios que debilita la misión del
Estado. Esta Comisión propone lo siguiente:
15.
Modificar la legislación de gestión de intereses, en los términos propuestos por la
Asociación Civil Transparencia, contemplando las siguientes características
principales:
- Precisar que la gestión de intereses, realizada de acuerdo a ley, es una actividad
legítima y que puede ser ejercida por cualquier persona natural o jurídica.
- Establecer un sistema de co-responsabilidad tanto para los gestores de intereses
como para los funcionarios que participan en estas actividades.
- Eliminar la diferenciación entre gestores de intereses propios y de terceros,
estableciendo un mismo sistema de obligaciones y responsabilidades.
- Simplificar el registro de gestores de intereses, de manera tal que cada entidad
cuente con información al respecto y que sea de acceso público.
- Cada entidad deberá publicar anualmente un informe que resuma el número de
los actos de gestión de intereses, incluyendo los nombres de los gestores y de
las personas e instituciones a las que representan.
16.
Complementar las medidas vigentes para evitar los conflictos de interés, en los
siguientes términos:
-
Establecer la obligación de los funcionarios que, por su posición, hayan tenido
acceso a información privilegiada, de suscribir convenios de confidencialidad
prohibiendo el uso o divulgación de dicha información, bajo responsabilidad.
- Establecer que los exfuncionarios no puedan llevar a cabo actos de gestión de
intereses en cualquier entidad pública por el plazo de un año.
17.
Asegurar la efectiva publicación de las agendas oficiales de los altos funcionarios de
las entidades del Estado en el portal web del organismo correspondiente.
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