y que lo único que tiene que hacer es hacer cumplir las leyes como yo tengo que hacer cumplir
las leyes, no crear leyes.
Y si alguien crea una ley que nos causa un problema tenemos la obligación de exponer nuestras
razones por las cuáles creemos que dicha ley no debiera darse. Hasta ahí llega mi capacidad.
El señor PRESIDENTE.— En el tema de la revaluación de activos, ¿no es cierto? que después
permite una doble depreciación y permite una práctica exoneración del Impuesto a la Renta
durante un largo período que se ha discutido en el caso de Edelnor y Luz del Sur.
¿El ente regulador tiene alguna postura frente al tema para el cálculo de tarifas en el área en la
que operan estas empresas?
¿O considera —como conversábamos antes— que por las características de la legislación este es
un tema que no puede el ente regulador tomar en consideración?
Y si fuera esa su respuesta, que el ente no puede tomarlo en consideración por la condiciones de
la legislación existente, ¿considera usted que sería conveniente un cambio en la legislación a
efectos de que este tema se tomara en cuenta?
El señor PRADO BENÍTEZ.— Permítame primero responderle a su pregunta anterior porque
no quiero que quede la idea de que evadí responderle al darle una respuesta contraria a lo que
había planteado.
En el caso concreto de por qué incluir o no incluir los impuestos dentro del marco que fija la
tarifa.
Lo que le puedo decir que no es hijo de mi propia cosecha sino de aquellos un poco axiomas con
el que convivimos, entiendo también que los axiomas a veces no son tan válidos porque nadie se
atrevió a cuestionarlos. Pero por lo menos hay uno en el campo económico por el cual los
impuestos son transferencias internas, y entonces nunca se incluyen en ningún tipo de
evaluación.
Recuerde que cuando hacemos evaluaciones de proyectos y vemos la viabilidad o no de construir
una u otra obra, no ponemos impuestos adrede, nos quedamos en nuestro análisis antes de
impuestos.
Esto un poco sale de un bolsillo de la república a otro bolsillo de la república, eso es cuando
todos los negocios son nacionales.
O sea, lo que sí es cierto es que eso existe como doctrina, y bueno, yo la he escuchado casi toda
mi vida profesional que ya es larga, muchas veces en boca de los funcionarios del Banco
Interamericano o del Banco Mundial, sostener esto siempre como un axioma, los impuestos son
externalidades, no deben entrar dentro del análisis.
La figura —creo yo— que los ampara es que los impuestos están sujetos a la decisión final del
Congreso, el Congreso puede crearlos en cualquier momento o derogarlos en cualquier
momento, y al hacerlo está un poco perturbando reglas que en el caso de la tarifa tienen una
periodicidad como calendario.
Tenemos una época exacta para fijar tarifas de generación, la de barra, cada 6 meses. Y se hace
cada 6 meses para garantizarle a los concesionarios que cualquier especulación que haya hecho
el regulador sobre el probable incremento o no de la demanda y/o sobre la entrada o no de
nuevas centrales que pueden bajar el precio, no le va a causar gran daño porque en 6 meses se
revisa todo eso.
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