m) Conducir y actualizar el Registro de
Organizaciones No Gubernamentales
de Desarrollo (ONGD) Nacionales
receptoras de Cooperación Técnica
Internacional, el Registro Nacional de
Entidades e Instituciones Extranjeras
de
Cooperación
Técnica
Internacional (ENIEX), el Registro de
Instituciones Privados sin fines de
Lucro Receptoras de Donaciones de
Carácter Asistencial o Educacional
provenientes del Exterior (IPREDA) y
el Registro de Donantes de la
Cooperación Internacional.
21
El Dictamen incorpora la función de
m) Conducir, publicar y actualizar el Registro publicar los Registros de ONGD,
ENIEX e IPREDAS a cargo de APCI.
de Organizaciones No Gubernamentales de
Se detalla la información que deben
Desarrollo (ONGD) Nacionales receptoras de
contener dichos registros.
Cooperación
Técnica
Internacional,
el
Registro Nacional de Entidades e Instituciones
Extranjeras
de
Cooperación
Técnica
Internacional (ENIEX), el Registro de
Instituciones Privadas sin fines de lucro
receptoras de Donaciones de Carácter
Asistencial o Educacional provenientes del
exterior (IPREDA). En los referidos registros
se debe señalar la cantidad de ONGD, ENIEX
y de IPREDA inscritas, el nombre de los
representantes legales, el domicilio, los datos
de contacto, el nombre de los planes, de los
programas, de los proyectos o de las
actividades específicas que tienen a su cargo
dichas organizaciones y entidades; el monto
de los recursos o donaciones percibidas de la
cooperación técnica internacional y las
El Dictamen incorpora la obligación
fuentes de financiamiento que determine el
de APCI de remitir la información
reglamento de la presente ley, según
sobre la ejecución de gastos de
corresponda.
ONGD, ENIEX e IPREDAS a la
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