Asimismo, de acuerdo a la información que se conocía y las declaraciones
brindadas por el presidente de la comisión, era una prioridad alcanzar los
plazos para lograr incluir el Dictamen en la agenda de sesiones del Pleno del
Congreso de la República, y, en consecuencia, su aprobación antes del
término de la legislatura. Sin embargo, esto no se concretó.
Cumpliendo con el Reglamento del Congreso, tras su aprobación en la sesión
del 5 de junio; al día siguiente, el Dictamen fue publicado en el portal
parlamentario. Según la normativa, los dictámenes deben haber sido
publicados por lo menos 7 días antes de su debate en el Pleno del Congreso,
Excepcionalmente, la Junta de Portavoces puede aprobar la exoneración de
dicho requisito.23
Sin embargo, pese a los pedidos del presidente de la Comisión de Relaciones
Exteriores y otros parlamentarios, el dictamen no fue exonerado del requisito
ni fue incluido en la Agenda del Pleno.
III.
Del Proceso Legislativo
Como se ha indicado, la segunda legislatura ordinaria del período anual de
sesiones 2023-2024; concluyó el 15 de junio. El Dictamen no fue incluido en
la agenda de ninguna de las sesiones del Pleno parlamentario que se
realizaron del martes 11 al sábado 15 de junio; en las que se aprobaron una
serie de normas que debilitan la democracia, el sistema de justicia y el
combate a la criminalidad organizada, la violación de derechos humanos y la
corrupción.
Al término de la legislatura, el presidente del Congreso informó que la
Comisión Permanente quedaba autorizada para sesionar durante el receso
parlamentario hasta el 19 de julio; y concluir con el debate y aprobación de
los temas agendados que quedaron pendientes.
Dictamen
Favorable
23
Junta Portavoces
/ Mesa Directiva
incluyen en
Agenda
Reglamento del Congreso. Debate y aprobación. Artículo 78.
14
Debate en
Comisión
Permanente