(ininteligible). Una vez que contamos nosotros con esa información, el procedimiento es bastante rápido.
Lamentablemente la falta de información con la que nos abastecemos para hacer una determinación
correcta es la que hace que no sea más rápido ¿no?, y el secreto bancario.
El señor PRESIDENTE.— ¿Tendría, alguna utilidad el que nosotros le facilitáramos la información
sobre el secreto bancario? Nosotros disponemos de la información sobre el secreto bancario, la tenemos y
es oficial por su puesto.
El señor
.— Sí, facilitaría su información, el avance de las fiscalizaciones; pero, aun así
este procedimiento se hace necesario regularizarlo a pesar de tener los indicios, se hace necesario pedirle
directamente al juez nuevamente.
El señor PRESIDENTE.— Si ustedes consideran eso conveniente, tendríamos toda la disposición de
entregarles la información que tenemos acumulado en ese terreno; y, efectivamente ustedes pueden
regularizar esto, pero esto es información obtenida directamente de los bancos ¿no es cierto?, y por norma
legal que autoriza las comisiones del Congreso obtener esta información, como autoriza al juez disponer
de la misma.
De manera que, no sé, tendría yo mis dudas de si una documentación fedateada por el Oficial Mayor del
Congreso, como ejemplar entregado al Congreso, tiene fuente también oficial en este sentido, y nosotros
no tendríamos ningún inconveniente, al revés, toda la disposición, a que si la Sunat lo considera
necesario, en los casos de fiscalización en los que está, y nosotros tenemos información, podría dar un
mecanismo en el cual puedan utilizar la información que tenemos en la comisión, acercándose quien
consideren ustedes conveniente, para poder avanzar la información.
Dos.— Yo quisiera también si ustedes pudieran aclararnos si entes como el (ininteligible) pudiera ser una
fuente que esta comisión utilizar directamente, y si es así, ustedes saben cómo funciona eso. No sé si es
sólo un cuerdo entre organismos tributario, y no hay solicitud de particulares * sobre casos que ellos
atienda. O sea, tendría que pasar necesariamente o por un período de corte judicial o diplomático
probablemente ¿no?
El señor
.— Yo le voy a pedir al señor Zavaleta, que contesten alguna cosa. Pero, lo que
quería es agradecerle, en primer lugar, su ofrecimiento de compartir esta información con nuestra
administración; y, en segundo lugar, señalarle que el doctor Tovar le va a explicar, pero en el marco de la
reforma tributaria que lo menciona únicamente porque esto es una sesión reservada, en el marco de la
reforma tributaria que estamos trabajando con el Ministerio de Economía y Finanzas, una de las medidas
que estamos proponiendo es otorgarle a la Sunat la facultad del levantamiento del secreto bancario; así
que puedo comprometer su apoyo por lo menos a esta medida, porque seguramente va a tener bastante
resistencia ¿no?
Pero, en efecto a nosotros nos atrasa particularmente en este tipo de casos. El doctor Tovar le puede
explicar incluso por qué la información que pudiéramos relevar de su comisión, tendríamos que de todas
maneras hacerla a través del juez.
El INTENDENTE NACIONAL JURÍDICO, señor Eduardo Tovar.— Sí, señor Presidente, el tema
del secreto bancario es un punto que ha estado siempre en debate. En algún momento la administración
tributaria tenía el acceso directo a las entidades bancarias a través de la Superitendencia de Banca y
Seguros, para pedir la información. Ahora, posteriormente dentro de los cambios legislativos y argumento
que esta facultad de la administración ponía en riesgo la seguridad de los ciudadanos respecto a sus
informaciones financieras, se limitó a la administración tributaria, estableciendo que tenía necesariamente
que recurrir al juez para tener acceso a esta información.
Sin embargo, deberíamos tener presente que la administración tributaria cuando pide información a los
bancos, la administración tributaria está en la obligación también de mantener en reserva esta información
proporcionada por los bancos; los cual nos lleva pues a afirmar que no se pone en lo absoluto el riego la
información del ciudadano hacia terceros; la información que pide la administración es para determinar
realmente el monto de la obligación tributaria.
Y, aprovechamos para hacer el pedido de apoyo a usted y a la comisión, para que se nos permita vía el
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