Informe Final de la Comisión de
Fiscalización y Contraloría recaído en la
investigación
sobre
presuntas
irregularidades en la concesión de la “Vía
Expresa del Callao” - RESERVADO
de 25% y sólo la empresa líder estará obligada a cumplir con los
índices financieros. Todos los asociados presentarán la información
solicitada (…)”
7.1.6.3. Entonces, queda claro que la exigencia de presentar los índices
financieros de 1998, debidamente firmados por el Contador General, es
general para cada una de las empresas asociadas, en el caso de
consorcio, pero que solo se evaluaría a la denominada “Empresa líder”.
7.1.6.4. No obstante ello, sólo la empresa líder CCI Construcciones S.A.
cumplió con presentar en el Sobre 1, los índices financieros de su
empresa, mediante carta y certificación suscritos por el Contador Público
Nacional, Luis Hector Lovotrico, con matrícula del Consejo Profesional de
Ciencias Económicas de la Capital Federal (Argentina) Tº 0020 Fº 098.
Las otras asociadas (CCI Concesiones S.A. y Concesiones Perú S.A.C.)
no presentaron sus índices financieros.
7.1.6.5. Pese a ello, ni el Comité de Recepción de Propuestas, ni el
Comité de Concesiones, cada uno en su respectiva oportunidad,
observaron
dicha
situación,
por
tanto,
tampoco
cumplieron
con
descalificar automáticamente al Consorcio CCI Concesiones Perú, como
lo establecían las Bases Generales, conforme lo hemos analizado supra.
Por el contrario, le brindaron su conformidad y, finalmente, el Comité de
Concesiones le adjudicó la concesión de la “Vía Expresa del Callao”.
7.1.7. EL COMITÉ
CONCESIONES
POR EL
DE
RECEPCIÓN
DE
PROPUESTAS
Y
EL
COMITÉ
DE
NO OBSERVARON LAS REFERENCIAS BANCARIAS PRESENTADAS
“CONSORCIO CCI CONCESIONES PERÚ”, PESE
A QUE NO REUNÍAN LOS
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