Informe Final de la Comisión de Fiscalización y Contraloría recaído en la investigación sobre presuntas irregularidades en la concesión de la “Vía Expresa del Callao” - RESERVADO de 25% y sólo la empresa líder estará obligada a cumplir con los índices financieros. Todos los asociados presentarán la información solicitada (…)” 7.1.6.3. Entonces, queda claro que la exigencia de presentar los índices financieros de 1998, debidamente firmados por el Contador General, es general para cada una de las empresas asociadas, en el caso de consorcio, pero que solo se evaluaría a la denominada “Empresa líder”. 7.1.6.4. No obstante ello, sólo la empresa líder CCI Construcciones S.A. cumplió con presentar en el Sobre 1, los índices financieros de su empresa, mediante carta y certificación suscritos por el Contador Público Nacional, Luis Hector Lovotrico, con matrícula del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Capital Federal (Argentina) Tº 0020 Fº 098. Las otras asociadas (CCI Concesiones S.A. y Concesiones Perú S.A.C.) no presentaron sus índices financieros. 7.1.6.5. Pese a ello, ni el Comité de Recepción de Propuestas, ni el Comité de Concesiones, cada uno en su respectiva oportunidad, observaron dicha situación, por tanto, tampoco cumplieron con descalificar automáticamente al Consorcio CCI Concesiones Perú, como lo establecían las Bases Generales, conforme lo hemos analizado supra. Por el contrario, le brindaron su conformidad y, finalmente, el Comité de Concesiones le adjudicó la concesión de la “Vía Expresa del Callao”. 7.1.7. EL COMITÉ CONCESIONES POR EL DE RECEPCIÓN DE PROPUESTAS Y EL COMITÉ DE NO OBSERVARON LAS REFERENCIAS BANCARIAS PRESENTADAS “CONSORCIO CCI CONCESIONES PERÚ”, PESE A QUE NO REUNÍAN LOS 67

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