Informe Final de la Comisión de
Fiscalización y Contraloría recaído en la
investigación
sobre
presuntas
irregularidades en la concesión de la “Vía
Expresa del Callao” - RESERVADO
Callao S.A., la administración del “Canon” proveniente de la
concesión de la “Vía Expresa del Callao” y declara que los recursos
de dicho “Canon” no constituyen fondos públicos, contraviniendo lo
dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria de la Ley No.
27783, Ley de Bases de la Descentralización, así como el artículo
18º de la Ley No. 28112, Ley Marco de la Administración
Financiera del Sector Público.
9.1.20.
Las cinco (5) adendas y dos (2) aclaraciones al Contrato de
Concesión de la “Vía Expresa del Callao” desnaturalizaron no sólo
dicho contrato, sino también el proyecto original, quebrando la
Ecuación Económico Financiera en perjuicio de la Municipalidad
Provincial del Callao y los usuarios (en proporción estimada de
80% a favor de la concesionaria Convial Callao S.A. y 20% para el
municipio y usuarios). La Contraloría General de la República ha
determinado que las obras eliminadas y suspendidas a través de
dichas adendas equivalen a un monto estimado de US$ 2’000,000
y US$ 9’000,000, respectivamente.
9.1.21.
Existe una diferencia no explicada de aproximadamente US$
15’000,000 entre el valor de la obra construida en el Tramo A de la
“Vía Expresa del Callao” y el valor consignado en los documentos
denominados “Certificados de Inversión”. A la fecha, se encuentra
pendiente el peritaje de la Contraloría General de la República
sobre la valorización real de las obras.
9.1.22.
Los documentos denominados “Certificados de Inversión”,
suscritos por Fernando Carrillo Morales, Gerente General de la
empresa supervisora de obra Alpha Consult S.A., y por Javier
Roberto Lowry Gazzini, Gerente General de Convial Callao S.A.,
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