Estructura y Equipamiento de la Institución Educativa N.° 20984-2 Santiago Antúnez de Mayolo, distrito de Gorgor - provincia de Cajatambo departamento de Lima; iii) la obra del saneamiento de caserío de La Succha, distrito de Chadín, provincia de Chota; y, iv) la obra Creación y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y Saneamiento de las localidades de Yumpe, Husquita, Caulingas, Cueyqueta, Quelucas, Pengote y Tres Unidos del distrito de La Jalea - provincia de Chachapoyas - departamento de Amazonas. 4.5.3.1.1.2.18 En estas licitaciones, se habría realizado actos previos de concertación ilegal entre los miembros de la Organización Criminal, de esta manera se habría viabilizado el direccionamiento de los procesos a empresas, cuyos representantes integraban la organización criminal o podían actuar de fachada para que otros miembros de la organización obtuvieran ventajas económicas ilícitas, como es el caso de las empresas JJESPINO INGENIERÍA & CONSTRUCCIÓN SAC, DESTCON S.A.C. y LENUS S.A.C., y producto de dichos procesos adjudicados de manera irregular se generaban ganancias ilícitas que era distribuida entre los miembros de la organización criminal. b. Tipicidad subjetiva 4.5.3.1.1.3 Ha de recordarse que el delito de Organización Criminal es un delito doloso, en el sentido de que el sujeto activo actúa a sabiendas del carácter ilícito de la Organización Criminal y el rol o funciones que desarrolla contribuyan a la permanencia de la organización o al logro de su programa criminal. 4.5.3.1.1.4 Siendo esto así, en el caso concreto, el investigado, JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES, habría conocido perfectamente el carácter ilícito de la Organización Criminal y desplegando su condición de líder habría ordenado la ejecución del plan criminoso de la organización. 4.5.3.1.2 Juicio de antijuricidad 4.5.3.I.2.I. En cuanto a la antijuricidad tenemos que, de los actos de investigación practicados a la fecha, se tiene que la conducta desplegada por el investigado, JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES [en SU condición de Presidente de la República - líder de la Organización Criminal], sería contraria a la norma, y no se encontraría entablada en ninguna de las causas de justificación previstas en el artículo 20 del Código Penal 4.5.3.2. Respecto al investigado Geiner Alvarado López 4.5.3.2.1. Juicio de Tipicidad b. Tipicidad objetiva 4.5.3.2.1.1 En el caso del investigado GEINER ALVARADO LÓPEZ, también debemos tener en cuenta los alcances de los elementos normativos que conforman el delito de Página 132 de 375

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