c. Adenda N° 6
Cuando el presupuesto del período transitorio del tramo 2 estaba por agotarse, se
aprobó la Adenda Nº 6, creando un periodo final hasta el 31 de diciembre del
2010303 para culminar las obras, según la Ley N° 29309. Esta adenda agregó reglas
propias y elevó los gastos generales304 a 35.5%, como en los tramos 3 y 4; también
indicó cómo calcular el presupuesto del período final, sin fijar el monto305.
En el caso de la Adenda Nº 6 del Tramo 3, la Dirección Ejecutiva de Provías
Nacional recomendó al MTC encargar al concesionario la “culminación” de la
construcción del Puente “Presidente Guillermo Billinghurst” como obra adicional.
d. Adenda N° 7
La Adenda Nº 7 del tramo 2 señaló que el monto máximo del período final había
sido fijado en US$ 144’357,372.44, pero al resultar insuficiente se agregó US$
79’031,343.63306. En el tramo 4, la Adenda N° 7 adelantó la explotación de la
concesión a propuesta del MTC (Oficio No. 2128-2010-MTC/25 de fecha 27/12/10).
e. Adenda N° 8
La Adenda Nº 8 adelantó la explotación de las obras del Tramo 2, y añadió una
unidad de pesaje de vehículos, al peaje previsto en el contrato.
La explotación empezaría a los 30 días de haberse implementado las unidades
integradas de peaje y pesaje, creadas por esta adenda, cuando en el contrato
original, la explotación de la obra (segunda sección307) empezaba 12 meses
después de culminar la construcción(primera sección).
El contrato tenía el concepto de “peaje” comúnmente aceptado, pero la adenda lo
redefinió como una unidad integrada, que cobraba la tarifa por el paso, el control del
peso de los vehículos y área de multiservicios, construidos totalmente por el concedente.
303
304
305
306
307
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES, Addenda N° 6 al Contrato de
Concesión para la construcción, conservación y explotación del Tramo Vial N° 2 Urcos - Inambari
del Proyecto Corredor Vial Interoceánico Sur, Perú – Brasil. Suscrito en Lima, el 31 de julio de
2009. Numeral 3.2.3. p. (Acervo de Comisión Pari – Folder-306-IIRSA T.X.2, p. 360).
Ibid., Numeral 3.2.5. (Acervo de Comisión Pari – Folder-306-IIRSA T.X.2, p. 360-361).
Ibid., Numeral 3.2.8 y 3.2.9 (Acervo de Comisión Pari – Folder-306-IIRSA T.X.2, p. 361-362).
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES, Addenda N° 7, al Contrato de
Concesión para la construcción, conservación y explotación del Tramo Vial N° 2 Urcos - Inambari
del Proyecto Corredor Vial Interoceánico Sur, Perú – Brasil. Suscrito en Lima, 8 de julio de 2010,
Cláusula tercera, (Acervo de Comisión Pari – Folder-306-IIRSA T.X.2, p. 376).
Nota: La secuencia de las secciones y etapas del proyecto están descritas en el Cuadro
Secciones y Etapas contempladas en cada tramo, incluido en el acápite “Las estipulaciones
contractuales consignadas en las bases de IIRSA Sur antes de ser modificadas por las adendas”
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