señor Daniel Hokama Tokashiki, Presidente de la COPRI, que en la Junta
General Ordinaria de Accionistas celebrada el 21.ABR.95 se aprobó la
capitalización de las provisiones por Compensación por Tiempo de
Servicios que al 28.FEB.93 los trabajadores de la empresa utilizaron para
adquirir el 7.2209% del capital accionario; asimismo, que dicho acuerdo
fue comunicado a los Auditores Coleridge y Asociados por CONADE, con
el objeto de que se refleje en los estados financieros materia del dictamen
final de la auditoría que tenía contratada con el CEPRI - AEROPERU.
Asimismo, el señor Roberto Abusada manifestó al Presidente de la
COPRI la preocupación de la empresa por la actitud de los trabajadores,
lo cual, consideraba, tenía su origen en el excesivo tiempo que venía
tomando la conclusión del proceso de privatización de AEROPERU. En
tal virtud, solicitaba que interponga sus buenos oficios para que el
proceso de privatización concluya en el menor tiempo posible y
disponga que los trabajadores accionistas de la empresa sean atendidos
por quien corresponda a efectos que reciban la información necesaria
para satisfacer sus inquietudes con respecto a dicho proceso.
3.
Con la finalidad de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Ley Nº
25953, funcionarios de AEROPERU y de la SUNAT, IPSS, Tesoro Público
y CORPAC suscribieron actas de conciliación de las deudas al 31.ENE.93
en las que se consignó que el monto de los adeudos de AEROPERU eran
los siguientes:
Deuda al 31.ENE.93
Entidad
Fecha de
Número de
Conciliación
Anexo
Dólares
Nuevos Soles
S/.
03.NOV.93
16 299 993,58
IPSS
05.ABR.95
16 532 536,88
SUNAT
05.JUN.95
39 099 812,83
Total
4.
US $
CORPAC
Tesoro Público
Americanos
24 428 385,56
5 015 560,57
9 578 978,80
76 947 903,86
34 007 364,36
Mediante Resolución Ministerial Nº 118-95-EF/75 de 18.JUL.95 (Anexo
Nº 53) se aprobó el “Convenio de Asunción de la Obligaciones de la
Empresa de Transporte Aéreo del Perú S.A. – AEROPERU”, en el que se
reconoce que el total de las obligaciones que el Ministerio de Economía y
Finanzas asumía al 31.ENE.93 ascendían a S/. 76 947 903,86 y US $ 34
007 364,36; asimismo, se autorizó al Director General de Crédito Público
a suscribirlo en representación del citado Ministerio,.
Con fecha 25.JUL.95 (Anexo Nº 54) el señor José Fernando Lituma
Agüero, Director General de Crédito Público, y los señores Luis Ballén
Granadino y Alejandro Morales Espinoza, Gerente Central de Finanzas y
Gerente Central de Administración de AEROPERU, respectivamente,
suscribieron el Convenio de Asunción de Deudas; el mismo que en la
Cuarta Cláusula precisaba que la asunción de obligaciones por parte del
Ministerio de Economía y Finanzas constituía un aporte de capital del
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