21 de mayo donde se acuerda ordenar a Fonafe que liquide. El señor .— Ahora, tenemos un elemento de anulación del pedido de liquidación de la empresa en este texto del notario Jaime Murguía Cavero que indica que no todos los accionistas estaban informados de la orden de liquidación, entonces dice lo siguiente. “A solicitud del señor José Luis Pereyra Quiroz, identificado con el DNI 07864346 y de su compañía me presenté en el local de Popular y Porvenir, Compañía de Seguros ubicada en el Paseo de la República 3121, piso 16 San Isidro, con el objeto de certificar la forma como se ejerce el derecho de información de un grupo de personas que manifiestan ser accionistas de dicha compañía respecto de una publicación efectuada el 19 de los corrientes en el diario oficial El Peruano, la cual se adjunta a la presente acta por la que se cita a Junta General de Accionistas y la compañía pone a disposición de sus accionistas los documentos a que se refiere el artículo 130.° de la Ley General de Sociedades. En el piso 16 se encontraban presentes los señores José Luis Pereyra Quiroz con DNI 07864346; Fabio Rubina Burgos con DNI 25606648; Rosa Mirtha Fernández Prada Amorín con DNI 07458489; Luis Denis Fuentes Llave DNI 18070562; Javier Rodolfo Vivar Chirola DNI 08739854; Antonio Conrado Chichón Seminario con DNI 07227911; Esther Cárdenas Silva con DNI 10191400 quienes manifestaron que se encontraban acreditados como accionistas de dicha compañía y dirigiéndose a una señorita que manifestó llamarse Rosana Bello, secretaria del gerente general le solicitaron información respecto al objeto de la convocatoria a lo que ella respondió que no la tenía por lo que procedieron a solicitar una cita con el gerente general. Luego entramos a la oficina contigua donde se encontraba un señor que manifestó llamarse Jorge Gobitt Morales y ser el gerente general, así como otros dos señores que no se identificaron. La señorita Esther Cárdenas Silva y el señor Luis D. Fuentes Llave hablando en nombre de todos los recurrentes le solicitaron el uso del derecho de información de los accionistas que le presentaran los estados financieros, el plan de liquidación y el sustento técnico para la liquidación de la compañía, a lo que el señor Jorge Gobitt respondió que ponía a su disposición la información relevante la cual consistía en fotocopias de los avisos de convocatoria del Decreto Supremo N.° 149-2001-EF y de la Resolución Suprema N.° 353-2001-EF. Al insistir los presentes sobre su solicitud a través del señor Fabio Rubina Burgos, el señor Gobitt se ratificó en que tan sólo podía ofertarle lo indicado sin entregarle dicho documentos manifestando que son documentos públicos con lo que se dio por terminada la reunión, en fe de la cual se expide la presente acta a los veintisiete días del mes de julio del año 2001. Jaime Murguía Cavero, Notario Público de Lima.” Tenemos esta copia notarialmente entregada hoy día. Este hecho, señor Presidente, lo que nos indica es que ésta ha sido una liquidación hecha a espaldas de los accionistas minoritarios, en consecuencia en vista de que ha sido hecha a espaldas de los accionistas minoritarios, es un acto nulo. El señor PRESIDENTE.— Eso quisiera yo que sea fundamentado. ¿Es una acto nulo la ausencia de accionistas minoritarios?, ¿anula la Junta General de Accionistas? Tengo serias dudas, eso haría anular la mitad o 4/5 partes o todas porque con que un accionista minoritario no se haga presente, se anula una decisión, eso sería absurdo. El señor .— Señor Presidente, lo que ese texto dice es que cuando han ido a la oficina a que le den la información que dice el aviso de periódico que le van a entregar, el señor Gobitt no la entregó y dijo que la información que podía entregar era el aviso del periódico que ellos ya -18-

Seleccionar párrafo de destino3