El Peruano / Sábado 25 de marzo de 2023
NORMAS LEGALES
7.5 Fortalecer la carrera docente.
7.6 Garantizar la calidad de la educación en el país.
7.7 Valorar la diversidad cultural y asegurar una
educación intercultural.
7.8 Impulsar la investigación e innovación científica.
eje 8: La salud como derecho humano
8.1 Mejorar la cobertura del esquema nacional de
vacunas.
8.2 Mejorar la infraestructura, equipamiento y la
atención de los servicios de salud en los diferentes niveles
de complejidad.
8.3 Promover el acceso a los servicios de salud, con
énfasis en la población en situación de vulnerabilidad.
8.4 Mejorar la prevención y el tratamiento del cáncer,
prioritariamente para la niñez y poblaciones en situación
de vulnerabilidad.
8.5 Fortalecer la lucha contra la anemia y desnutrición
crónica infantil.
8.6 Promover estilos de vida saludable de forma
sostenible.
eje 9: más infraestructura y servicios para una
mejor calidad de vida
9.1 Reducir la brecha de vivienda para familias en
situación de mayor pobreza.
9.2 Reducir la brecha de servicios de agua potable,
agua para uso de riego, saneamiento, energía y
conectividad, prioritariamente en el ámbito rural y
periurbano.
9.3 Acelerar la ejecución de intervenciones del Plan
Integral para la Reconstrucción con Cambios.
9.4 Reducir la brecha de infraestructura e impulsar
inversiones en materia de transportes y comunicaciones.
7
Interministerial de Asuntos Sociales (CIAS), la que está a
cargo de la Presidencia del Consejo de Ministros para lo
cual cuenta con el apoyo del CEPLAN.
Tercera.- Seguimiento de las prioridades de
la política General de Gobierno para el presente
mandato presidencial
La Oficina de Cumplimiento de Gobierno de la
Presidencia del Consejo de Ministros se encarga de
la coordinación, articulación, seguimiento, facilitación
y evaluación del cumplimiento de las prioridades
de la Política General de Gobierno para el presente
mandato presidencial, conforme sea encargado por el/la
Presidente/a del Consejo de Ministros.
Dicha priorización se realiza de manera coordinada y
articulada con los sectores involucrados.
cuarta.- Articulación con los planes y políticas
nacionales
En un plazo no mayor de treinta (30) días hábiles
contado a partir de la entrada en vigencia del presente
Decreto Supremo, cada sector, en coordinación con el
Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN,
identifica, dentro de sus planes y políticas nacionales, las
acciones estratégicas o servicios priorizados, así como
sus indicadores y metas, que implementan y permiten
el seguimiento a la Política General de Gobierno para el
presente mandato presidencial.
Quinta.- uso de tecnologías digitales y datos
Las entidades públicas hacen uso intensivo de las
tecnologías digitales y datos para el cumplimiento de la
Política General de Gobierno para el presente mandato
presidencial, en el marco del proceso nacional de
transformación digital.
dISpoSIcIÓN compLemeNTARIA modIFIcAToRIA
Artículo 5.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el
Presidente del Consejo de Ministros.
dISpoSIcIoNeS compLemeNTARIAS FINALeS
primera.- del cumplimiento de la política General
de Gobierno para el presente mandato presidencial
A partir de la entrada en vigencia de la presente norma,
los ministros de Estado establecen las medidas necesarias
para dar cumplimiento a la Política General de Gobierno
para el presente mandato presidencial, aplicables a todos
los niveles de gobierno, en concordancia con lo dispuesto
en el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo, y el Decreto Supremo N°
029-2018-PCM, que aprueba el Reglamento que regula
las Políticas Nacionales.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 7 del
Reglamento que regula las Políticas Nacionales,
aprobado por el Decreto Supremo N° 029-2018-PCM, los
Ministerios proponen la aprobación o actualización de las
políticas nacionales que conforman la Política General de
Gobierno para el presente mandato presidencial bajo su
competencia, luego de la correspondiente evaluación.
Las entidades integrantes del Sistema Nacional de
Planeamiento Estratégico incorporan en sus instrumentos
de planeamiento las medidas necesarias para dar
cumplimiento a la Política General de Gobierno para el
presente mandato presidencial.
Segunda.- Seguimiento y evaluación de la política
General de Gobierno para el presente mandato
presidencial
La Presidencia del Consejo de Ministros y el Centro
Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN,
proponen las mejoras en los mecanismos de recolección de
información con énfasis en los registros administrativos, para
la implementación y seguimiento de los ejes de la Política
General de Gobierno para el presente mandato presidencial.
El reporte de avances de la Política General de
Gobierno para el presente mandato presidencial se realiza
de forma anual en una sesión conjunta de las Comisiones
Interministeriales (CI), la Comisión Interministerial de
Asuntos Económicos y Financieros (CIAEF), y la Comisión
Única.- Modificación de los numerales 7.1 y 7.6
del artículo 7 del Reglamento que regula las políticas
Nacionales, aprobado por decreto Supremo N° 0292018-pcm
Modificar los numerales 7.1 y 7.6 del artículo 7
del Reglamento que regula las Políticas Nacionales,
aprobado por Decreto Supremo N° 029-2018-PCM, los
cuales quedan redactados de la siguiente manera:
“Artículo 7.- política General de Gobierno
7.1 La Política General de Gobierno es el conjunto
de políticas priorizadas que se desarrollan a través de
políticas nacionales. Se compone de ejes y lineamientos
que orientan el accionar del gobierno durante el mandato
del Presidente de la República.
(…)
7.6. En caso una política priorizada de gobierno
cuente con una política nacional aprobada que trasciende
la duración del mandato del Presidente de la República,
debe ser actualizada, de corresponder, sujetándose al
plazo señalado en el numeral 7.5.
(…).”
dISpoSIcIÓN compLemeNTARIA deRoGAToRIA
Única.- derogación del decreto Supremo N° 1642021-pcm
Derogar el Decreto Supremo N° 164-2021-PCM,
Decreto Supremo que aprueba la Política General de
Gobierno para el período 2021 – 2026.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los
veinticuatro días del mes de marzo del año dos mil
veintitrés.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA
Presidente del Consejo de Ministros
2163798-2