AMENAZAS: PRIMERAS BANDERAS
ROJAS IDENTIFICADAS
BANDERA ROJA:
MEDIDA PROPUESTA
Artículo 4.- Funciones
Denunciar ante el Ministerio
Público, PNP; SUNAT, UIF y
Contraloría
tanto
a
las
organizaciones inscritas como no
inscritas.
Artículo 21.- Determinación de
Infracciones
Proyecto / Autor
Comentario
Con esta disposición se amplía el alcance de la acción sobre las organizaciones no inscritas en
APCI.
Además se avanza a la criminalización de la acción de las organizaciones de sociedad civil.
2.2 Son infracciones graves:
7140/2023-CR
Utilizar los fondos de la CTI para
financiar
o
participar
en
José Cueto Aservi
actividades que atenten contra el
Renovación Popular
orden público, el estado de
derecho
y
los
procesos
electorales de nuestro sistema
democrático, lo que incluye
actividades
de
medios
de
comunicación, redes sociales,
partidos políticos, organizaciones
sociales y empresas privadas, sea
como partícipe o instigador de
actos que vayan en contra de la
paz social.
La intencionalidad es limitar la capacidad de las organizaciones de realizar, participar y
respaldar campañas de información, actividades ciudadanas (movilizaciones, plantones, etc)
orientadas a la defensa de la democracia, la vigencia de los derechos fundamentales, entre
otros.