LOS PROYECTOS – QUÉ PROPONEN
Faculta al Ministerio Público “bajo responsabilidad” a solicitar la
disolución judicial de asociaciones o fundaciones.
Pueden dictarse medidas cautelares suspendiendo total o
parcialmente actividades de la asociación o designando un
interventor.
Actividades contrarias al orden público o a las buenas costumbres:
Alejandro Muñante:
PL 7818:Modifica
artículo 96 y 109 del
Código Civil y 410 de
Ley General de
Sociedades
Realizar actividades ilícitas o recibir financiamiento de entidades,
asociaciones u otro tipo de organización pública o privada, nacional o
extranjera, que financie, promocione, realice o desarrolle actividades en
el extranjero consideradas como ilícitas en territorio peruano.
❑ Estado:
➢ Comisión Justicia y Derechos Humanos: En estudio.
❑ Opiniones institucionales:
➢ Proyecto presentado el 13/05/2024.
➢ Aún no cuenta con opiniones institucionales.