Artículo 3.- Unidades Antidrogas en los Puertos y Terminales Portuarios
La Dirección Antidrogas de la Policía Nacional del Perú en coordinación con la
Autoridad Portuaria Nacional designará Unidades Antidrogas en los Puertos y
Terminales Portuarios del país, las mismas que estarán compuestas por equipos
de policías y de Fiscales Provinciales Especializados en delitos de Tráfico Ilícito
de Drogas.
Artículo 4.- Funciones de la Autoridad Portuaria Nacional.
La Autoridad Portuaria Nacional tiene las siguientes funciones:
a. Gestionar la habilitación de áreas e infraestructura para establecer las
Unidades Antidrogas necesarias en las diferentes instalaciones portuarias.
b. Operar con personal propio y personal de las Unidades Antidrogas de los
Puertos los equipos de video vigilancia implementados por la Autoridad
Portuaria Nacional para el control de las actividades antidrogas en los
puertos.
c. Brindar capacitación, asesoramiento y apoyo a través de instructores de la
Autoridad Portuaria Nacional al personal policial en el campo de la
actividad marítimo-portuaria, a fin de facilitar la labor policial en materia de
detección e investigación de casos vinculados al tráfico ilícito de drogas.
Capacitar en forma especializada en el ámbito de su competencia, al
personal de las Unidades Antidrogas que prestan sus servicios en los puertos
y terminales portuarios.
d. Brindar la documentación e información necesaria que la legislación
vigente nacional e internacional permita, para las investigaciones que
desarrolle el personal policial de las Unidades Antidrogas de los Puertos y
Terminales Portuarios.
e. Facilitar el acceso al personal de las Unidades Antidrogas de los Puertos y
Terminales Portuarios a las embarcaciones acondicionadas para labores de
interdicción e investigación, previa coordinación con la Autoridad Portuaria
Nacional.
f. Proporcionar el acceso a la información contenida en la Ventanilla Única
Portuaria (VUP - APN) al personal de las Unidades Antidrogas de los Puertos
y Terminales Portuarios para el cumplimiento de sus funciones.
Artículo 5.- Funciones de la Dirección Antidrogas de la Policía Nacional del Perú.
La Dirección Antidrogas de la Policía Nacional del Perú tiene las siguientes
funciones:
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