CONGRESO REPÚBLICA PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE ACCIONES DE PREVENCIÓN Y CONTROL DEL TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS EN LOS PUERTOS Y TERMINALES PORTUARIOS DEL PAÍS. Los Congresistas de la República que suscriben, integrantes de la Comisión Especial Investigadora Multipartidaria encargada de investigar y determinar la influencia del narcotráfico en los partidos políticos y en los movimientos regionales y locales, ejerciendo el derecho de iniciativa legislativa que le confiere el artículo 107° de la Constitución Política del Perú y conforme a lo dispuesto por el numeral 2 del artículo 76° del Reglamento del Congreso de la República, presenta la siguiente iniciativa legislativa: FÓRMULA LEGAL EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE ESTABLECE ACCIONES DE PREVENCIÓN Y CONTROL CONTRA EL TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS EN LOS PUERTOS Y TERMINALES PORTUARIOS DEL PAÍS Artículo L- Objeto de la Ley. Establecer procedimientos para el monitoreo del sistema de detección contra el tráfico ilícito de drogas en los puertos y terminales portuarios del país, promoviendo la generación de áreas y condiciones adecuadas de prevención y control dentro de las zonas portuarias, en coordinación con la Autoridad Portuaria Nacional. Artículo 2.- Institución encargada de prevenir el tráfico ilícito de drogas en los puertos y terminales portuarios. La Dirección Antidrogas de la Policía Nacional del Perú, organismo encargado de planear y ejecutar operaciones policiales para prevenir, investigar y combatir el delito de tráfico ilícito de drogas en todas sus modalidades será la encargada de realizar las acciones pertinentes contra el tráfico ilícito de drogas en los puertos y terminales portuarios del país. Se encontrará en coordinación permanente con la Autoridad Portuaria Nacional. 977

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