CONGRESO
REPÚBLICA
PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE ACCIONES DE
PREVENCIÓN Y CONTROL DEL TRÁFICO ILÍCITO
DE DROGAS EN LOS PUERTOS Y TERMINALES
PORTUARIOS DEL PAÍS.
Los Congresistas de la República que suscriben, integrantes de la Comisión
Especial Investigadora Multipartidaria encargada de investigar y determinar la
influencia del narcotráfico en los partidos políticos y en los movimientos
regionales y locales, ejerciendo el derecho de iniciativa legislativa que le confiere
el artículo 107° de la Constitución Política del Perú y conforme a lo dispuesto por
el numeral 2 del artículo 76° del Reglamento del Congreso de la República,
presenta la siguiente iniciativa legislativa:
FÓRMULA LEGAL
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE ESTABLECE ACCIONES DE PREVENCIÓN Y CONTROL CONTRA EL
TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS EN LOS PUERTOS Y TERMINALES PORTUARIOS DEL
PAÍS
Artículo L- Objeto de la Ley.
Establecer procedimientos para el monitoreo del sistema de detección contra
el tráfico ilícito de drogas en los puertos y terminales portuarios del país,
promoviendo la generación de áreas y condiciones adecuadas de prevención
y control dentro de las zonas portuarias, en coordinación con la Autoridad
Portuaria Nacional.
Artículo 2.- Institución encargada de prevenir el tráfico ilícito de drogas en los
puertos y terminales portuarios.
La Dirección Antidrogas de la Policía Nacional del Perú, organismo encargado
de planear y ejecutar operaciones policiales para prevenir, investigar y
combatir el delito de tráfico ilícito de drogas en todas sus modalidades será la
encargada de realizar las acciones pertinentes contra el tráfico ilícito de drogas
en los puertos y terminales portuarios del país. Se encontrará en coordinación
permanente con la Autoridad Portuaria Nacional.
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