muchos casos no coinciden la suma consignada con el costo real de campaña realizado. Un ejemplo de ello, es lo declarado en la Comisión Investigadora por el actual Gobernador de Amazonas, quien dijo que en lo personal invirtió una cantidad de 200,000 soles; no llegó a responder las contradicciones con la información suministrada a ONPE que consigna la suma de sólo S/. 3,200 y los gastos realmente efectuados en la campaña, refiriendo que "una cosa es aportar y otra es gastar", derivando la responsabilidad en el Secretario y Tesorero de su organización. La total falta de transparencia en relación a los gastos incurridos durante la campaña electoral del actual Gobernador de Ucayali, quien recién el día que iba a declarar ante la Comisión Investigadora del Congreso, presentó la rendición de sus gastos de campaña ante ONPE, en la que se muestra una enorme diferencia entre lo inicialmente consignado, 1800 soles y lo finalmente declarado, 879,000 soles. Otros investigados, como el electo Gobernador de Ayacucho, señaló haber aportado 160,000 soles al partido y que el ser reelecto "era un premio por haber hecho un buen trabajo", cuando ostensiblemente su campaña fue millonaria y, de acuerdo a información mediática, habría entregado regalos y prebendas a los electores. En tanto, el Gobernador de Junín, señaló que hizo una campaña "franciscana", con uso de megáfonos y caminando por los pueblos como "correcaminos"; al finalizar el interrogatorio señaló que la campaña le costó alrededor de S/. 800,000. Plantear la transparencia en el financiamiento de los partidos políticos, tiene también como fundamento la información proporcionada por ONPE en el que, por ejemplo, habían encontrado entre aportantes de los partidos que 79 personas habían aportado más de lo que perciben; o que un total de 1,893 aportantes tienen deudas con el sector financiero; o que, también, habían aportantes con denuncias o procesos penales (narcotráfico, proxenetismo, robo agravado, terrorismo, entre otros. III ANÁLISIS COSTO-BENEFICIO La presente iniciativa legislativa no genera gasto alguno al erario nacional. IV EFECTO DE LA NORMA SOBRE LA LEGISLACION NACIONAL El efecto de la presente iniciativa legislativa, sobre la legislación nacional, implica la modificación del Título VI de la Ley de Partidos Políticos; con la finalidad de que sea más eficiente y logre una sanción más rigurosa, a fin de que los partidos políticos 965

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