El señor ROMERO VÁSQUEZ.— Yo creo que es importante aclarar acá el siguiente tema. Si ustedes revisan los
informes de auditores externos al 31 de diciembre del 98 hecho al Banco Wiese Limitado, van a encontrar que en
base a la misma norma nosotros somos más estrictos que a los que ellos llegan.
Nosotros determinamos un déficit de provisión, sin embargo —si mal no recuerdo— la opinión de los auditores
externos en ese momento indica que las provisiones son suficientes.
Arthur Anderson llega después, cuando llega por el lado de Lima Sudameris que determinan el valor de mercado; o
sea, no es un valor de la 572 que determina de una empresa en marcha.
O sea, nosotros nos ceñimos única y estrictamente a lo que determina la 572 donde da los parámetros en base al
flujo de pagos que registra, en base al sistema, cómo se encuentra en el sistema financiero, cómo se encuentra ese
deudor, si tiene más deudas. Y después en la clasificación, nosotros determinamos su calidad de garantí, de acuerdo
a las normas que nos explica la 572, nosotros determinamos el requerimiento de provisiones que podría tener.
Lo que quisiera remarcar es el tema de que nuestra clasificación se basó en la 572, la que hacemos en todas las
visitas de inspección. La comparación es que se está haciendo con una empresa que determinó cuánto valen en ese
momento esos créditos a un valor de mercado.
Por eso es que yo le comentaba, en el caso de estos créditos reestructurados que estaban bajo el paraguas de
Indecopi, simplemente por un flujo de caja que determinaba la empresa auditora, ellos decían que era pérdida, y sin
embargo nuestra norma establecía que debía ser un deficiente. Es uno de los ejemplos más destacables en este caso,
de las clasificaciones que nosotros utilizamos.
El señor PRESIDENTE.— Ahora, el ejemplo este concreto, lo que nos hace pensar es que esta cifra de Medina
Saldívar & Asociados Arthur Anderson, no es coherente con la del auditor externo que tenía el banco. Este es un
auditor que lleva Lima Sudameris, el comprador, para ver lo que va a comprar. Y curiosamente no se condice con lo
que dice el que va a vender, que tenía su propio auditor externo.
A mí lo que me llama la atención es cómo órganos que tienen una función técnica en este terreno, que es la de ser
auditor externo, según a quien sirven, al vendedor o al comprador, tienen una valorización muy notoria. Porque aquí
no solamente hay un tema de posible diferencia de criterios con la Superintendencia, sino hay una diferencia notoria
de criterios entre el auditor externo que tenía el Wiese y el auditor que lleva Lima Sudameris en términos de
valorización.
Este es un asunto que a mí por lo menos me llama la atención respecto a cuán serio y cuán confiables son los
propios auditores externos en este campo. Y por eso me llama la atención respecto al tema de que si ellos son los
encargados de evaluar la razonabilidad de los estados financieros, qué niveles de garantía tiene el sistema para
funcionar realmente en este sentido, porque es obvio de que parece haber actuación también en función de intereses
de quien contrata al auditor. Por lo menos es el acercamiento a alguno de estos casos nos presenta.
¿No sé qué mecanismo de control tiene la Superintendencia sobre lo que son estas auditorías? (6) ¿Tiene la
Superintendencia algún mecanismo de control sobre lo que son estas auditorías?
El señor ROMERO VÁSQUEZ.— A partir del año 99 nosotros tenemos una resolución específicamente en lo que
se refiere a los requisitos y condiciones que deben tener los auditores externos para trabajar en una empresa del
sistema financiero.
Es una norma mucho más estricta, mucho más precisa, y nos da un accionar a nosotros de velar o de verificar la
labor que ellos realizan.
El señor PRESIDENTE.— Cuando ustedes hacen la visita de inspección y escogen la muestra de marzo del año
99, cuál es la razón para que la muestra obtenida en la inspección sólo extrapolara las carteras de créditos de
consumo y de microempresas, y no las carteras de créditos comerciales que son evidentemente las más importantes
en el manejo.
El señor ROMERO VÁSQUEZ.— En la visita de inspección del año 98, de noviembre a marzo, nosotros
evaluamos en la cartera comercial 355 deudores que representó el 71% en la cartera de créditos comerciales en esos
momentos. En la anterior visita se llegó al 18%, pero en este llegamos al 71.%.
Nosotros evaluamos una muestra, y en base a esto determinamos un déficit de provisiones. En lo que se refiere a los
créditos de consumo, mes hipotecario, nosotros evaluación y lo decimos en el informe y prácticamente lo repetimos
en el siguiente informe. Nosotros decimos que el banco no está realizando un sistema de clasificación automatizada
que requieren estas carteras.
Las carteras de consumo, mes hipotecario, por las condiciones casi comunes que tiene en los requisitos y en la
evaluación, que es la evaluación por el número de días de atraso, es fácilmente extrapolable por el tema de que uno
buscando una muestra bajo ciertos criterios, uno puede determinar potencialmente la tendencia que podría tener.
Por eso es que nosotros determinamos en base a la cartera de créditos comerciales, sin embargo no. Tiene una serie
de condiciones especiales tales como la de la situación del deudor, dónde trabaja, tipo de empresa, en fin. Una serie
factores por las cuales es muy difícil hacerla extrapolable.
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