INFORME FINAL DE LA COMISIÓN INVESTIGADORA ENCARGADA DE INVESTIGAR EL PAGO DE PRESUNTAS COIMAS A FUNCIONARIOS PERUANOS POR PARTE DE LAS EMPRESAS BRASILEÑAS ODEBRECHT, CAMARGO CORREA, OAS, ANDRADE GUTIÉRREZ, QUEIROZ GALVAO Y OTRAS, DESDE EL INICIO DE SUS ACTIVIDADES HASTA LA FECHA, POR CUALQUIER FORMA DE CONTRATO CON EL ESTADO PERUANO. 1.12. Adendas a los Contratos de IIRSA Sur En total se han suscrito 29 adendas a los contratos de concesión, las mismas que generan un pago adicional de 1,352 millones de dólares en los tres tramos de IIRSA Sur e IIrsa Norte. ADENDAS FIRMADAS CONCESION IIRSA SUR TRAMO II IIRSA SUR TRAMO III IIRSA SUR TRAMO IV IIRSA NORTE N° Addendas 8 7 7 7 Memorándum 0154-2016-MTC/25 del 14-01-2016 1.12.1 Adendas del Tramo II  Adenda N° 1, en ella se suscribe acuerdos en donde se declara que se ha iniciado, con anterioridad a la fecha de vigencia de las obligaciones las labores de Mantenimiento de Transitabilidad (a partir del 8 de septiembre del año 2005) y la elaboración de los estudios definitivos de ingeniería e impacto ambiental (a partir del 29 de setiembre del año 2005). Por lo que el pago de la primera cuota se devengara a los seis meses antes de la fecha, especificando que el monto señalado, será pagado al concesionario en cuotas semestrales cuyos montos no excederán a los definidos en el cuadro que reproducimos: TRAMO II 1 Semes. 2 Semes. 3 Semes. 4 Semes. 5 Semes. 6 Semes. 2,043,930 1,883,920 1,953,569 1,808,767 1,661,492 1,511,905 7 Semes. TOTAL 1,055,417 11,919,000  Adenda N°2, se señala que ―El costo de transitabilidad durante el periodo de construcción de las obras; requiere que el concesionario mantenga la transitalibilidad en todo el tramo, desde el inicio de las actividades y hasta la fecha de culminación de la etapa de construcción de las obras. Para tal efecto se entenderá que existe transitabilidad, cuando todo tipo de vehículos pueda desplazarse por todo el tramo sin limitación alguna‖.  Adenda N°3, que indica que el Presupuesto Referencial para el Tramo, está distribuido en función a las etapas de construcción. Establece que el Pago Anual por Obras (PAO) asciende a la suma de US$ 31,858,000.00 por el plazo de 15 años de la Concesión.  Adenda N° 5, tiene el objeto de establecer y regular los aspectos necesarios para cumplir el Decreto de Urgencia N° 045-2008, mediante el cual se autorizó al concedente a determinar y atender los costos y gastos generados por encima de la Inversión Máxima definida, con cargo a su presupuesto institucional, durante el último trimestre del año 2008. Esta adenda se produce en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 29309, estableciendo que el concedente adoptará una Página 58 de 650

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