INFORME FINAL DE LA COMISIÓN INVESTIGADORA ENCARGADA DE INVESTIGAR EL PAGO DE PRESUNTAS COIMAS A
FUNCIONARIOS PERUANOS POR PARTE DE LAS EMPRESAS BRASILEÑAS ODEBRECHT, CAMARGO CORREA, OAS,
ANDRADE GUTIÉRREZ, QUEIROZ GALVAO Y OTRAS, DESDE EL INICIO DE SUS ACTIVIDADES HASTA LA FECHA, POR
CUALQUIER FORMA DE CONTRATO CON EL ESTADO PERUANO.
1.12. Adendas a los Contratos de IIRSA Sur
En total se han suscrito 29 adendas a los contratos de concesión, las mismas que
generan un pago adicional de 1,352 millones de dólares en los tres tramos de IIRSA
Sur e IIrsa Norte.
ADENDAS FIRMADAS
CONCESION
IIRSA SUR TRAMO II
IIRSA SUR TRAMO III
IIRSA SUR TRAMO IV
IIRSA NORTE
N° Addendas
8
7
7
7
Memorándum 0154-2016-MTC/25 del 14-01-2016
1.12.1 Adendas del Tramo II
Adenda N° 1, en ella se suscribe acuerdos en donde se declara que se ha
iniciado, con anterioridad a la fecha de vigencia de las obligaciones las labores
de Mantenimiento de Transitabilidad (a partir del 8 de septiembre del año 2005)
y la elaboración de los estudios definitivos de ingeniería e impacto ambiental (a
partir del 29 de setiembre del año 2005). Por lo que el pago de la primera cuota
se devengara a los seis meses antes de la fecha, especificando que el monto
señalado, será pagado al concesionario en cuotas semestrales cuyos montos no
excederán a los definidos en el cuadro que reproducimos:
TRAMO
II
1 Semes.
2 Semes. 3 Semes. 4 Semes. 5 Semes. 6 Semes.
2,043,930 1,883,920 1,953,569 1,808,767 1,661,492 1,511,905
7 Semes.
TOTAL
1,055,417
11,919,000
Adenda N°2, se señala que ―El costo de transitabilidad durante el periodo de
construcción de las obras; requiere que el concesionario mantenga la
transitalibilidad en todo el tramo, desde el inicio de las actividades y hasta la
fecha de culminación de la etapa de construcción de las obras. Para tal efecto se
entenderá que existe transitabilidad, cuando todo tipo de vehículos pueda
desplazarse por todo el tramo sin limitación alguna‖.
Adenda N°3, que indica que el Presupuesto Referencial para el Tramo, está
distribuido en función a las etapas de construcción. Establece que el Pago Anual
por Obras (PAO) asciende a la suma de US$ 31,858,000.00 por el plazo de 15
años de la Concesión.
Adenda N° 5, tiene el objeto de establecer y regular los aspectos necesarios
para cumplir el Decreto de Urgencia N° 045-2008, mediante el cual se autorizó al
concedente a determinar y atender los costos y gastos generados por encima de
la Inversión Máxima definida, con cargo a su presupuesto institucional, durante
el último trimestre del año 2008. Esta adenda se produce en el marco de lo
dispuesto en la Ley N° 29309, estableciendo que el concedente adoptará una
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