INFORME FINAL DE LA COMISIÓN INVESTIGADORA ENCARGADA DE INVESTIGAR EL PAGO DE PRESUNTAS COIMAS A
FUNCIONARIOS PERUANOS POR PARTE DE LAS EMPRESAS BRASILEÑAS ODEBRECHT, CAMARGO CORREA, OAS,
ANDRADE GUTIÉRREZ, QUEIROZ GALVAO Y OTRAS, DESDE EL INICIO DE SUS ACTIVIDADES HASTA LA FECHA, POR
CUALQUIER FORMA DE CONTRATO CON EL ESTADO PERUANO.
factor de competencia28, incumpliéndose las Bases y el acuerdo del Consejo Directivo
de PROINVERSIÓN de inducir la presentación del mayor número de propuestas válidas
por parte de los postores calificados estableciendo una Tarifa Máxima que podrían
ofertar con mayor incentivo. En esta situación, resultó irregular la recepción por parte del
Comité Especial de los Sobres2 Propuesta Técnica, y 3 Oferta Económica del postor
Constructora Nolberto Odebrecht S.A.
Informe de Valoración recomendó ―Remuneración Unitaria Máxima por el Servicio
de Trasvase de Agua‖ considerando la totalidad del costo inversión, no
deduciendo el aporte del Estado Peruano.
El Informe de Valoración de BNP Paribas, para efecto de la determinación de la
―Remuneración Unitaria Máxima por el Servicio de Trasvase de Agua‖, estableció en
USD 147,284 millones sin IGV el costo de inversión de la obra pública, tal como se
detalla a continuación:
MONTOS DE INVERSIÓN TOTALES29
En US$
Túnel
Trasandino
Presa
Oleoducto
Total
Costo
Costos
Directo Indirectos*
62,475
27,114
33,600
5,500
101,575
15,120
2,475
45,709
Costo de
IGV
TOTAL
Inversión
90,589 13,769 104,358
48,720 7,405 56,125
7,975 1,212
9,187
147,284 22,387 169,671
*Total 45%, que comprende 25% gastos generales y utilidades; 5% costos
de ingeniería; 5% de gastos de administración y gerencia de proyectos; y,
10% de contingencias.
Asimismo, en el rubro Monto de Inversiones (Pág. 20) señaló que ―Hemos proyectado
variaciones de hasta +/- 10% del total de inversiones (sin IGV), distribuidas en forma
homogénea sobre todas las obras (…). Los detalles se muestran en el siguiente cuadro:
28
Las Bases, numeral 1.2.24 Menor Oferta Económica: “Es aquella Oferta Económica que, expresada en
Dólares y en valor presente, represente el menor monto requerido por el Postor para cumplir con los
términos del Contrato, conformado por la sumatoria del valor presente del servicio de la deuda del
préstamo que conseguirá el postor para financiar el Cofinanciamiento del Estado, y del valor presente de
los ingresos resultantes del multiplicar la Tarifa por Trasvase de Agua ofertada por el volumen anual de
trasvase, establecido en 406 Hm3. Para tales efectos, el criterio que el Comité utilizará para seleccionar la
Menor Oferta Económica se sujetará a una formula estructurada con los siguientes componentes: (…) TA
es la Tarifa por Trasvase de Agua, en Dólares por m3, sin considerar el IGV, requerida por el Postor en su
Oferta Económica (…)” Resaltado agregado.
29
Cuadro elaborado en base al Informe de Valoración, numeral 2.2. Premisas del Proyecto, Inversión,
página 6
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