INFORME FINAL DE LA COMISIÓN INVESTIGADORA ENCARGADA DE INVESTIGAR EL PAGO DE PRESUNTAS COIMAS A FUNCIONARIOS PERUANOS POR PARTE DE LAS EMPRESAS BRASILEÑAS ODEBRECHT, CAMARGO CORREA, OAS, ANDRADE GUTIÉRREZ, QUEIROZ GALVAO Y OTRAS, DESDE EL INICIO DE SUS ACTIVIDADES HASTA LA FECHA, POR CUALQUIER FORMA DE CONTRATO CON EL ESTADO PERUANO. Ejecución de IIRSA SUR e IRSA NORTE en el presente ejercicio presupuestal (2016) Según la información obtenida del Portal Transparencia Económica del Ministerio de Economía y Finanzas – MEF (mayo de 2016), se verifica que para el periodo 2016 se asignó un PIA de S/. 627´646,663.00, equivalente a US$ 183´898,817.00 (T.C. promedio mensual de la SBS) para el Pago Anual por Obras (PAO) para los Tramos 2, 3 y 4 de IIRSA – Sur e IIRSA – NORTE. En lo que va del periodo 2016, esto es mayo del presente, en los cuatro tramos se ha ejecutado un importe de US$ 92´248,386, conforme podemos ver en el cuadro que a continuación reproducimos. Sector 36: TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Actividad/Acción de Inversión/Obra 6000020: PAGO ANUAL POR OBRAS - PAO Ejecución Meta 00002-1078: PAO IIRSA NORTE PIA PIM Certificación Compromiso Anual Atención de Compromiso Devengado Mensual Girado Avance % 126,965,292 126,965,292 126,965,292 126,965,292 64,465,349 64,465,349 64,465,349 50.8 151,295,840 151,295,840 151,295,840 151,295,840 76,818,940 76,818,940 76,818,940 50.8 196,053,448 196,053,448 196,053,448 196,053,448 99,544,165 99,544,165 99,544,165 50.8 153,332,083 153,332,083 153,332,083 153,332,083 77,852,822 77,852,822 77,852,822 50.8 627,646,663 318,681,276 318,681,276 318,681,276 92,248,386 92,248,386 92,248,386 Cantidad: 1.0 Unidad de Medida: CUOTA Avance Físico: 0 (0.0 %) 00004-1078: PAO IIRSA SUR TRAMO 2 Cantidad: 1.0 Unidad de Medida: CUOTA Avance Físico: 0 (0.0 %) 00005-1078: PAO IIRSA SUR TRAMO 3 Cantidad: 1.0 Unidad de Medida: CUOTA Avance Físico: 0 (0.0 %) 00006-1078: PAO IIRSA SUR TRAMO 4 Cantidad: 1.0 Unidad de Medida: CUOTA Avance Físico: 0 (0.0 %) TOTALES S/. 627,646,663 US$ (T.C. Promedio mensual) 183,898,817 627,646,663 183,898,817 627,646,663 183,898,817 183,898,817 Fuente: Transparencia Económica del Ministerio de Economía y Finanzas 1.18. CONCLUSIONES: - La emisión del Decreto Supremo N° 022-2005-EF, de fecha 09 de febrero de 2005, permitió exceptuar al ―Proyecto Corredor Vial Interoceánico Perú-Brasil-IIRSA-SUR‖ de la exigencia de realizar previamente los estudios definitivos establecidos en el SNIP a pesar que contaba con estudios de prefactibilidad y factibilidad aprobados mediante el Informe Técnico N° 355-2003-MTC/09.02 del 11 de junio del 2003 y el de Factibilidad realizado por ALPHA CONSULT concluido en noviembre del 2004 y aprobado mediante Resolución Directoral N° 828-2004-MTC/20 de fecha 25 de noviembre del 2004. Esa exoneración generó un grave perjuicio económico conforme lo reconoce la propia ex ministra Verónica Zavala, conforme lo hemos señalado en el texto. En esta decisión intervinieron el ex Presidente Constitucional de la República Alejandro Toledo Manrique, Javier Sota Nadal, quien desempeñó funciones desde el 16 de febrero de 2004 al 28 de julio de 2006 como ministro de Educación, encargado de la Cartera de Economía y Página 101 de 650

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