r CONGRESO CX»ISTmlYENTf OEA«:JrCAAT1CO extraordinarias dictadas por el Presidente de la República, al amparo del inciso 20 del Articulo 211° de la Constitución de 1979, deben entenderse como medidas de emergencia o de extrema necesidad en el ámbito de su exclusiva competencia. Sin .embargo, esta atribución excepcional, no faculta al Presidente de la República a soslayar trámites prefijados, por ejemplo cuando se trata de operaciones de endeudamiento o que alteran la cuenta autorizada a través de la respectiva Ley de Presupuesto General de la República. VIII. 1° RESPONSABILIDADES La Comisión Investigadora de los Mecanismos no Convencionales del manejo de la Deuda Externa desde 1983 a lafecha; encuentra responsabilidadpolitica en el doctor Alan Garda Pérez, en su condición de Presidente Constitucional de la República durante el periodo 1985-1990, por cuanto, no sólo a vista de la implementación y ejecución del Decreto Supremo 099-86-EF,: sino también a la vista de diversas operaciones destinadas a atender compromisos adquiridos por la República con el \ exterior en materia de deuda externa, se tiene que, existen indicios que evidencian un comportamiento co1ifusoen la politica asumida con respecto a este tema y que sugiere irregularidades e irifracciones a la Ley, que la Contraloria General de la República en su momento dio a conocer, faltando resolución definitiva al respecto, cosa que en este caso compete al Congreso de la República, dados los derechos que la Ley N garantiza a quienes ejercen los más altos cargos de la Jefatura del Estado; debiendo en su momento, si asi se considera, hacer de conocimiento de la Fiscalia de la Nación, lo dictaminado por el Pleno del Legislativo, a fin de que se determine la Comisión de llicitos a que hubiere lugar. (! 2° La Comisión Investigadora de los Mecanismos no Convencionales del manejo de la Deuda Externa 'desde 1983 a la fecha; encuentra responsables de la no correcta 1 utilización de los mecanismos analizados en el presente iriforme, a los señores: Guillermo Garrido-Lecca Alvarez-Calderón, en su condición de Ministro de Estado en la Cartera de Economia y Finanzas (Periodo 1984-1985) 112 , 1 -. ! ~(

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