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Registrar la información entregada por la SUNAT
sobre aportes a ONG.
Plantea implementar un SISTEMA DE INFORMACIÓN EN
TIEMPO REAL Y CONSULTA SOBRE LAS ONG SIN FINES
DE LUCRO QUE DESARROLLAN ACTIVIDADES EN EL
PAÍS.
Las iniciativas, en su mayoría, están referidas a modificar las normas vigentes que regulan la cooperación internacional. Por ello,
consideramos pertinente reseñar las modificaciones planteadas a cada una de estas normas. A continuación, los cuadros que permiten
comparar dichas modificaciones según las normas involucradas.
Decreto Legislativo 719 – Ley de Cooperación Técnica Internacional
NORMA VIGENTE
Artículo 5.- Las organizaciones no
gubernamentales que se encuentran
registradas oficialmente y que ejecutan
proyectos en áreas priorizadas en los
planes de desarrollo son unidades
ejecutoras, responsables de identificar y
ejecutar acciones y/o proyectos con
apoyo de la cooperación técnica
internacional, con conocimiento del
Gobierno Central, Regional y Local,
según corresponda.
Artículo 13.- La Agencia Peruana de
Cooperación Internacional conduce los
Registros de las entidades nacionales y
extranjeras que apoyan cualesquiera de
las modalidades de Cooperación Técnica
Jr. Huaraz 1440 Of. 112 – 15083 – Lima, Perú
Proyecto 7367/2023-CR (Aguinaga – FP)
Artículo
5.Las
organizaciones
no
gubernamentales que se encuentran oficialmente
registradas y que ejecutan planes, programas,
proyectos o actividades específicas en áreas
priorizadas en los planes de desarrollo son
unidades ejecutoras, responsables de identificar y
ejecutar planes, programas, proyectos o acciones
específicas con apoyo de la cooperación técnica
internacional, con conocimiento del Gobierno
Central, Regional y Local, según corresponda.
Las organizaciones no gubernamentales bajo los
alcances de la presente ley, se encuentran
prohibidos de contratar con el Estado.
Artículo 13.- La Agencia Peruana de Cooperación
Internacional conduce los Registros de las
entidades nacionales y extranjeras que apoyan
cualesquiera de las modalidades de Cooperación
(511) 99946555
996883949
(511)
contacto@japiqay.org
7140/2023-CR (Cueto – Avanza País)
NO PROPONE MODIFICACIONES DE
ESTE ARTÍCULO.
Artículo 13.- La Agencia Peruana de
Cooperación Internacional administra y
gestiona los Registros de las entidades
nacionales
y
extranjeras
que
apoyan
cualesquiera
de
las
modalidades
de