c. Se hace explícito que la adquisición de los MIG29 y SU25 a Bielorusia tenía problemas de operatividad y de repuestos, razón por la cual se incluye estos temas en el Contrato con los Rusos, los que se comprometen a «corregir los problemas de los bielorrusos». Este acuerdo será luego retirado para continuar negociando con los proveedores Bielorusos, por un monto menor al que estos habían solicitado inicialmente. d. Se evidencia que no se sustentaba el contrato en precios unitarios sino en un monto global de compra, al que se adecuaban los precios de los componentes del sistema de armas de los MIG29 rusos. e. Se confirma que muchos meses antes ya se habían iniciado las negociaciones con los Rusos. f. Se evidencia una grave deficiencia en estrategia de combate e inteligencia militar, pues todos aceptan que con los 3 MIG29 rusos, que son caza interceptores natos, el país podía supuestamente pasar a una ofensiva invadiendo Ecuador, cuando dichos aviones no estaban equipados para sostener una ofensiva. IV.5 Aspectos técnicos en la compra de los aviones 1. Los requerimientos técnicos y operativos de la Fuerza Aérea para la adquisición de aviones debían sustentarse sobre la base de la Directiva 012-EMFA-D3-PEO de acción inmediata de agosto de 1995. Esta directiva detallaba los aspectos logísticos, operativos, estratégicos, políticos y económico - financieros (referenciales). Entre los aspectos operativos se señalaba que se debía adquirir un avión interceptor con capacidad multirol, que debía tener un radio de acción como interceptor que cubra los requerimientos de acuerdo a nuestro territorio y localización geográfica de nuestras bases militares, con capacidad de utilización de misiles aire-aire de mediano alcance, con posibilidad de empleo de misiles antiradar para cumplir misiones de supresión de la defensa aérea enemiga y, que cuente con una línea segura de abastecimientos. 2. De los informes evaluativos del Ministerio de Defensa y las Comisiones de Investigación de la FAP se puede concluir que lo adquirido a través de los contratos de Biolorusia no correspondía a las necesidades del país, ni a la propia directiva de la FAP. 3. La Junta Especial de Investigación FAP determinó que la Comisión que presidió el mayor FAP Rolando Magni estableció en forma equivocada que el MIG29 posee un radio de acción de mil quinientos kilómetros sin tanques externos y dos mil novecientos kilómetros con tanques. Esto es contradictorio con el MIG29 adquirido por la FAP, que en una misión clásica de interceptación, entre cinco mil a siete mil metros de altura y tres minutos de combate, sólo tiene un radio de acción de 340 y 395 kilómetros respectivamente. En caso de que quiera usarse para una misión de ataque aire-tierra, el radio de acción en la mejor de las posibilidades estará limitado a 300 kilómetros de promedio, portando armamento convencional. 47

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