tercero, sea en depósito, etcétera, se necesita una autorización de la Superintendencia.
Esta actualización, señor Presidente, definitivamente que requiere obliga a la Superintendencia
hacer un combate o persecusión de la banda informal, en definitiva también tiene sus problemas
porque si bien es cierto existe la disposición para que los bancos o personas puedan captar dinero
en el país, no lo puedan hacer si es que no tienen autorización de la Superintendencia, en la
realidad se puede dar y se da situaciones en las cuales personas vienen de bancos de afuera,
tienen contactos con personas en el país y se llevan el dinero.
Esto, señor Presidente, es una problemática que existe no solamente en Perú sino en muchos
países en la región y países emergentes que vienen representantes de bancos de afuera, ponen
una oficina transitoria en algún hotel de la ciudad y hacen transferencia afuera del país, señor
Presidente.
Entonces, esta situación es una situación que, definitivamente, es un reto que tiene la
Superintendencia para poder hacer frente a estas situaciones. Muchas veces se presentan estas
personas hacen los contactos y hacen transferencias, se llevan cheques fuera del país y el dinero
se fue, ese dinero es difícil poder hacer un seguimiento, es difícil poder identificar la labor de
estas personas que están cometiendo una violación en cuanto a la captación de dinero fuera del
país.
Ahora, en cuanto a estándares internacionales propuesto por el Comité Basilea para supervisión
de establecimientos off shore, el Comité de Basilea ha propuesto estándares de julio del 92,
estándares mínimos para su provisión de grupos bancarios internacionales y sus establecimientos
fronterizos.
Hay principios, no quisiera aburrir a la comisión, pero existen principios que, por ejemplo, dicen
que los bancos internacionales deben ser supervisados sobre una base consolidada por el
supervisor del país de origen, esto es donde está la casa matriz.
Se necesita, para la creación de un establecimiento transfronterizo, contar con la autorización de
la autoridad supervisora local como del país de origen; esto es, si un banco local quiere abrir una
operación off shore está para que el país que está de anfitrión de la sucursal del banco también
tendrá que tener autorización no solamente del país anfitrión, sino también del país en la cual
está la casa matriz.
Entonces, se habla que hay que hacer intercambio de información entre los supervisores,
posteriormente el Comité de Basilea ha propuesto en octubre del 96 la supervisión de la banca
transfronteriza.
El señor PRESIDENTE.— Una pregunta, señor Superintendente.
Por ejemplo, en el caso del Atlantic Security o del Interbank Comerce Limited o los otros, ¿cuál
es el país de origen? (6)
El señor SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS, Luis Cortavarría Checkley.—
En el caso del Atlantic Securite Bank, tiene una estructura de capital que ahora está incorporada
en las Islas Bermudas pero forman parte del grupo Banco de Crédito. Ahora, el supervisor de
todo el grupo es Perú.
En este aspecto, señor Presidente, se han dado pasos para justamente adecuar toda la supervisión
dentro del concepto de supervisión consolidada. Hay acuerdos firmados con distintos países para
poder hacer la supervisión.
Por ejemplo, el Banco de Crédito tiene operaciones en Bolivia, tiene operaciones en Colombia,
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