Pero reitero, señor Presidente, que nosotros estamos tratando de compartir con usted todo nuestro conocimiento que tenemos de los aspectos que son de interés de la comisión. Como le dije en su momento la vez anterior en la época que yo he estado, nosotros no hemos tenido una presión de carácter político en el sentido de que vaya usted a supervisar este banco, no le superviso este banco, quítela, bájela la provisión al banco equis. Ese tema no se ha dado en la época que yo he estado y entiendo que eso tampoco se ha dado en las otras épocas, pero esto creo que debe ser corroborado por quienes han estado dirigiendo la institución en aquellos momentos distintos a lo que yo he estado. Como digo, estamos frente a una situación que difícilmente ha habido precedente en nuestro país, esta situación de movimientos de dinero con red de corrupción definitivamente no ha habido en nuestro país precedente alguno hay de esa experiencia también aprender ¿no? Que se deben haber cometido errores, seguramente, señor Presidente, seguramente que estas experiencias que ha vivido el país van a servir para que los sistemas implementadas o las normas dirigidas en el país o las normas dictadas por la Superintendencia, procedimientos que la Superintendencia lleva, van a tener también que ser revisados, porque definitivamente habrá cosas que debieron haber sido detectadas probablemente o no fueron detectadas en el cumplimiento de las normas. Esto definitivamente hay que trabajar esta experiencia como me parece en algún momento escuché de la comisión también, tratar de impedir que vuelva a ocurrir, entonces en ese aspecto creo que también tenemos que ver mucho la experiencia internacional. Le digo, señor Presidente, que la Superintendencia en todo lo que trabaja trata de usar mucho la experiencia internacional porque para qué inventar la rueda si alguien ya pensó, hubo gente que también ha trabajado estos temas. Por ejemplo, para continuar dentro de las preguntas que ustedes plantean, ¿qué normas hay para monitorear los recursos hacia bancos off shore y esto para entrar a la transparencia 8 y permitirme definir muy brevemente que los bancos off shore son aquellos constituidos en lugares donde no existe marco regulatorio y la imposición fiscal es nula o bastante baja. En las jurisidicciones off shore los bancos están sujetos a una regulación mínima si se compara esto con la propuesta de Basilea que existe en términos de supervisión bancaria y mucho de ella está recogida en nuestro país. En estas operaciones off shore definitivamente favorece la labor de actividades ilegales. Ahora, las operaciones off shore qué características básicas existen, señor Presidente. Los depósitos no están sujetos a registro de movimientos, las transacciones bancarias están libres de impuesto, existe un libre tránsito de capitales, existen excepciones de registro contable regulatorio, existen excepciones de supervisión regulatoria de liquidez y adecuación de capital y hay un alto grado de secreto bancario que posibilita transacciones sospechosas. ¿Qué dispositivos que regulan el movimiento de recursos desde cuentas bancarias locales a cuenta en bancos off shore y viceversa? Continuando con esto, debemos manifestar que no existen normas especiales dentro de los off shore para el desempeño del sistema financiero puedan transferir cuentas a bancos del exterior. O sea que estos últimos se encuentran en plazas denominadas off shore o no, dichas transferencias son permitidas en el contexto de libre movilidad de capitales. Ahora, en el artículo 11.° de la ley peruana se establece que para dedicarse al giro de las empresas del sistema financiero en especial a captar o recibir en forma habitual dinero de -16-

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