C.2. Ley Nº 27008: aumento de la cobertura del Fondo de Seguros de Depósitos
(FSD) y ampliación de facultades a la SBS en Régimen de Vigilancia
•
El 2 de diciembre de 1998 el Ministerio de Economía y Finanzas remitió a la Comisión
de Economía del Congreso de la República, presidida por el congresista Luis Chang
Ching, un proyecto de ley7 para modificar la Ley de Bancos con el objetivo de ampliar
la cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos y las Facultades de la
Superintendencia de Banca y Seguros.
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El proyecto de ley remitido modificaba los siguientes artículos 99º, 153º, 154º, 156º y
355º de la Ley de Bancos (Ley Nº267028); determinando lo siguiente:
a) En caso un banco se encuentre en Régimen de Vigilancia, la SBS está facultada
para:
o determinar el patrimonio real de la empresa y, en su caso, disponer la
cancelación de las pérdidas con cargo a las reservas legales y facultativas,
y al capital social;
o obtener directamente aportes de terceros, en caso los accionistas no
efectúen los nuevos aportes de capital en efectivo que les sea requerido
por la SBS (perdiendo su derecho de preferencia)
b) Eleva el monto máximo de cobertura del Fondo de Seguro de Depósito (FSD) de
S/.13,836 a S/.62,000.
c) Elimina el párrafo que establecía la responsabilidad de los liquidadores del banco
de remitir al FSD una relación de los asegurados cubiertos;
d) Otorga a la SBS la facultad de solicitar al FSD los recursos necesarios para
atender el pago de los depositantes asegurados, encontrándose el Fondo obligado
a su transferencia inmediata; debiendo la SBS rendir cuenta del uso de los fondos
transferidos
e) Otorga a la SBS la facultad para requerir la evaluación y ajustes patrimoniales que
estime pertinentes a aquellos bancos que presenten inestabilidad financiera o
administración deficiente.
En resumen, las principales modificaciones incluidas en el proyecto de ley eran que:
ampliaba el límite de cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos de US$4,500 a
US$20,000; y aumentaba las atribuciones de la SBS sobre los bancos que se
encontraban en Régimen de Vigilancia.
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El objetivo del Fondo de Seguro de Depósitos (FSD) es proteger los depósitos del
pequeño ahorrista en las empresas bancarias que sean declaradas en proceso de
disolución y liquidación, de esta manera se garantiza que el pequeño depositante
recupere parte de sus depósitos. La Ley de Bancos Nº26702 (del 9/12/96) establecía
que el FSD cubría los depósitos bajo cualquier modalidad de las personas naturales y
las personas jurídicas sin fines de lucro hasta un monto máximo de S/.13,000. Con el
cambio que introducía el Proyecto de Ley enviado por el Ejecutivo, se elevó el límite
7
Proyecto de Ley Nº4305.
Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y
Seguros.
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