1 / El fracaso de las reformas coloniales, 1750-1820
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Estos juicios de residencia eran mecanismos administrativos tradicionales de
prominente ineficacia para corregir y sancionar abusos y malos manejos. Los
jueces designados oficialmente favorecían al funcionario investigado o formaban parte del mismo círculo de patronazgo e intereses. La mayoría de las veces,
los residenciados eran absueltos o reprendidos levemente por los jueces de
residencia mediante tecnicismos procesales, la prescripción o el rechazo arbitrario de las evidencias. Aun así, los juicios de residencia son importantes
fuentes históricas para el estudio de la corrupción virreinal, pues incluyen los
cargos, quejas y demandas originales de aquellos que se atrevían a cuestionar
al enjuiciado.19
Los difundidos abusos también minaban la capacidad de los indios para
acumular un capital comunal con el cual sufragar necesidades imprevistas. Las
cajas de censos de indios eran fondos comunales acumulados a través de préstamos otorgados por medio de censos legalmente establecidos sobre propiedades privadas e instituciones como inclusive la caja real. Esta renta asignada a las
comunidades indígenas había sido garantizada en parte para compensar la expropiación inicial de tierras comunales, así como para asegurar el pago del tributo y sufragar los costos de rituales religiosos en tiempos difíciles, cuando los
indios no podían efectuar gastos. Los caudales de las comunidades individuales
estaban consolidados en tres fondos generales en Lima, Cuzco y Charcas, y
eran fiscalizados por autoridades encargadas de cobrar los pagos y deudas debidas a las comunidades. Hacia mediados del siglo XVIII, la colusión entre cobradores y deudores, el descuido interesado de la contabilidad del rubro y otras
transgresiones de las Leyes de Indias, que protegían y regulaban dichos fondos,
habían mermado considerablemente el capital comunal indígena. Asimismo,
los intereses del Rey se veían afectados con la pérdida del tributo indígena no
pagado, debido al agotamiento de los fondos de los censos indígenas.20
19. Estas mismas conclusiones son aplicables a otros casos hispanoamericanos: Albornoz
de López, Teresa. La visita de Joaquín Mosquera y Figueroa a la Real Audiencia de Caracas
(1804-1809): conflictos internos y corrupción en la administración de justicia. Caracas: Academia
Nacional de Historia, 1987, p. 53; y Caro Costas, Aída R. El juicio de residencia a los gobernadores de Puerto Rico en el siglo XVIII. San Juan, Puerto Rico: Instituto de Cultura Puertorriqueña,
1978, pp. 18 y 188-191.
20. Quiroz, Alfonso W. Deudas olvidadas: instrumentos de crédito en la economía colonial peruana,
1750-1820. Lima: Pontificia Universidad Católica del Perú, 1993, pp. 58-67, y «Reassessing
the Role of Credit in Late Colonial Peru: Censos, Escrituras, and Imposiciones». En Hispanic
American Historical Review 74, 1994, pp. 193-230, esp. 206-209, basado en Audiencia de
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