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Alfonso W. Quiroz
que aquellos préstamos y compras estaban debidamente justificados, y que
Bogardus, su principal crítico, era un calumniador y una persona sospechosa.26
La contratación de préstamos a alto interés en tiempo de guerra no constituye
una razón verosímil para acusar a Pardo quien, por el contrario, llevaba a cabo
sus asuntos oficiales, entonces y después, con una transparencia y honestidad
inusuales, no obstante los defectos de algunos de sus asociados comerciales.
El conflicto con España, la disensión política interna y el elevado gasto
realizado para armar al ejército y la marina socavaron tanto el orden constitucional como las endebles finanzas nacionales. La flota española se retiró de la
costa peruana tras sufrir considerables bajas en su inútil bombardeo punitivo
del Callao el 2 de mayo de 1866. En estas circunstancias, la dictadura de Prado
intentó legitimarse auspiciando una asamblea constitucional que redactara otra
Constitución más para reemplazar la de 1860. Los legisladores liberales, entre
ellos el radical José María Quimper, el poco confiable Fernando Casós y el moderado Francisco García Calderón, diseñaron la Constitución liberal de 1867.
Esta prestaba particular énfasis a la reforma del sistema judicial. Sin embargo,
la Constitución de 1867, al igual que su predecesora de 1856, tuvo que enfrentar la dura oposición del clero católico y los conservadores exaltados.27
La oposición a Prado venía incubándose dentro de la misma asamblea constituyente. García Calderón, presidente de la asamblea, se distinguió en su defensa
de los principios constitucionales y el imperio de la ley. Argumentando que la
nueva Carta de 1867 había sido violada flagrantemente por el régimen de Prado,
García Calderón proclamó la vacancia presidencial y solicitó la renuncia de Prado
Nacional, 1869, p. 3, y apéndice B. En octubre de 1867, Mariano Pío Cornejo, ministro de
Guerra y Marina, firmó dos contratos con el naviero de Cincinnati Alexander Swift & Co.,
para comprar y equipar las dos naves de guerra por más del doble de su valor original. Esta
venta fue considerada «fraudulenta» en las investigaciones del Congreso (Representantes,
40.° Congreso, 2.ª sesión, 19 de junio de 1868), puesto que las naves eran propiedad del
gobierno de EE. UU. por contrato previo con Swift.
26. Pardo, Manuel. Los consignatarios del guano: contestación de Manuel Pardo a la denuncia de Guillermo
Bogardus precedida de un estudio histórico por Evaristo San Cristóbal. Lima: Imprenta Gloria,
1922; Anónimo. La acusación de D. G. Bogardus contra D. Manuel Pardo ministro de Hacienda y D.
Federico Barreda ex-ministro plenipotenciario del Perú en Francia. París: Imprenta Parisiense Guyot
y Scribe, 1867, p. 22: «Diariamente luchamos por demostrar al mundo que no estamos tan
atrasados ni somos tan corrompidos como nos suponen, y en medio de esa lucha salta de
un lodazal un Bogardus a dar razón y material a nuestros difamadores». Véase, también, la
defensa del consignatario y acreedor guanero Witt & Schutte contra la «vulgaridad» de los
cargos formulados contra su compañía en el panfleto Consignatarios del guano. Lima: s. p. i.,
1867, pp. 4-5.
27. Basadre, Jorge. Ob. cit., vol. 6, pp. 56-59.
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