HUMBERTO MORALEZ RAMÍREZ
El informe final antes señalado, menciona las siguientes conclusiones:
Conclusiones
Conclusiones sobre la Planta de tratamiento de Huachipa8
a) El material incautado a los directivos de la firma Camargo Correa en el
año 2009, nos da a conocer que diversos funcionarios relacionados al
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y Sedapal, habrían
recibido presuntos pagos ilícitos, dentro de los que se incluyen los
provenientes de la construcción de los Lotes 1, 2 y 3 de la Bocatoma
Planta de Tratamiento de Agua Potable Huachipa y Ramal Norte. Entre
ellos se menciona a la persona de Umberto Olcese Ugarte.
b) En ella se nombra al señor Umberto Olcese Ugarte, quien formó parte de
la Comisión para la recepción y evaluación de propuestas, y existe la
evidencia que ha realizado una transferencia a través del Banco de
Crédito del Perú con fecha 17/02/2012 por US $ 409,000. 00,
(Cuatrocientos nueve mil y 00/100 dólares americanos) al Atlantic Security
Bank de George Town – Islas Cayman a su nombre. Según información
obtenida, el señor Olcese Ugarte declaró que los fondos provenían de la
venta de un inmueble ubicado en la Calle Arróspide Loyola N°009
Urbanización del Fundo Orrantia, distrito de San Isidro, cuya propiedad
corresponde a su cuñado Guillermo Leonardo Bruce Castillo. Según
información extraída de la Sunarp, este inmueble se encuentra a la fecha
inscrita en la Partida Electrónica N° 07003362 de los Registro Públicos de
Lima a nombre de Guillermo Leonardo Bruce Castillo.
Sin embargo, existe una demanda presentada por la señora Nora Bruce
Castillo sobre nulidad de acto jurídico por la venta del inmueble propiedad
del señor Guillermo Leonardo Bruce Castillo, lo cual permitiría concluir
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Ídem, pág. 165 - 166
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