4. Ejecutar
gastos
que
no
se
encuentren
previstos
o
se
encuentren prohibidos en los
convenios, los acuerdos o los
documentos
similares
que
sustenten la intervención.
5. La variación en la ejecución de
actividades o el uso de recursos
respecto
a
lo
inicialmente
programado, sin los documentos de
modificación que sustenten dichos
cambios.
6. Destinar
lugares o
distintas
proyecto
35
los bienes donados a
poblaciones beneficiarias
a los definidos en el
sin los documentos de
El Dictamen señala como faltas muy
graves, la ejecución de gastos no
previstos inicialmente o la variación
de actividades respecto de lo
inicialmente
programado.
Esta
disposición
no
recogería
la
experiencia de trabajo de las OSC,
que en el desarrollo de los proyectos
y
actividades
realizan
permanentemente
ajustes
para
lograr un impacto real.
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