El señor PACHECO VILLAR (FIM).— Muchas gracias, Presidenta. He esperado una hora y
media pacientemente mientras hacía usted su turno de preguntas y mientras pasábamos la
audiencia a reservada.
Yo espero ocupar menos tiempo en la medida que podamos conversar con el general con
sinceridad, porque nosotros representamos, Presidenta, la voluntad popular emanada de forma
transparente en las urnas y somos el nuevo Parlamento, somos el nuevo Congreso y tenemos la
misión de poder decirle al Perú la verdad, qué es lo que ha ocurrido, porque está claro que algo
ha ocurrido.
Durante 10 años el Perú ha vivido secuestrado en su estado de derecho, en su democracia y eso
es parte de la investigación que nos ha encargado el Pleno del Congreso. Nosotros somos una
Comisión que investiga la red que el señor Montesinos había montado y su evidente relación con
el señor Fujimori.
Entonces, esta Comisión está compuesta por 5 grupos de trabajo, somos 5 congresistas, pero
representamos a los 120 congresistas que nos han elegido y nos han encargado esta Comisión.
Respecto a eso voy a iniciar mis preguntas, esperando la colaboración suya, general, para que
podamos ser breves. Nosotros tenemos toda la paciencia necesaria para poder llegar a esos
entendimientos y si no quedara algo claro ahora tendríamos que volver a citar. Nosotros tenemos
la posibilidad de acuerdo al Reglamento del Congreso, artículo 88.°, menciona claramente, dice:
“El Congreso puede iniciar investigaciones sobre cualquier asunto de interés público”
El artículo 97.° de la Constitución Política del Estado dice lo mismo:
“El Congreso puede iniciar investigaciones sobre cualquier asunto de interés público.”
Y más adelante dice:
“Para el cumplimiento de sus fines dichas comisiones pueden acceder a cualquier información.”
Entonces, estamos hablando de un estado de derecho que en los últimos 10 años no ha existido y
estamos hablando también de que nosotros tenemos las mismas prerrogativas que el Poder
Judicial, dice:
“Los requerimientos se formularán mediante oficio, cédula, citación pública y debe constar los
datos necesarios, etcétera” Y luego dice que nosotros tenemos la prerrogativa de, voy a leerle de
manera completa este artículo:
“Artículo 97.°
Es obligatorio comparecer por requerimiento ante las comisiones encargadas de las
investigaciones bajo los mismos apremios que se observan en el procedimiento judicial.”
También dice en la parte final: “Sus conclusiones —las nuestras— no obligan a los órganos
jurisdiccionales.”
Es decir, por un lado el legislador y la Constitución nos reconoce el derecho de investigar.
Pero, por otro lado dice: “Oiga, lo que ustedes digan en esa comisión no necesariamente va
vincular al Poder Judicial y al Ministerio Público para que puedan hacer caso de nuestras
recomendaciones.
No cabe duda, general, que usted y el resto de militares de alto rango que han estado en los
últimos 10 años, usted ha sido elevado a la categoría en el año 91, de eso hace 10 años ya ¿no?
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