regímenes jurídicos que tenía que armonizar constantemente.
La señora ZAVALA.— Y además, ¿no es cierto?, la metáfora que uno le ordenan que dispare y
uno dispara eso funciona muy bien en los crímenes, pero no en las decisiones sensatas; es decir,
habida cuenta que se tenían dos decretos supremos que establecían que el valor de la empresa era
cero, la liquidación no es un acto irregular ni mucho menos delictivo, y menos si lo toma el
órgano competente que es la Copri.
El señor
.— Una pregunta, doctora, pero lo que queremos es llegar es a lo siguiente.
Al ver una orden la Copri para que, a Fonafe para que disuelva Popular y Porvenir, perdón,
Fonafe, inicia los trámite de liquidación pero nunca asiste a la junta de accionistas, eso significa
¿que ustedes reconocían que la decisión de la Copri por lo menos era irregular puesto no había
un decreto supremo?
La señora ZAVALA.— Es que no se había completado el proceso, no es que sea irregular, yo
no hice ningún juicio en ese sentido, puesto que es más mi sentido común me decía “con estos
dos dispositivos el valor positivo de la empresa desaparece inmediatamente; entonces, por lo
tanto, la decisión de liquidar no me parece irregular.
El señor PRESIDENTE.— ¿Como profesional qué le parece que el valor positivo de la
empresa desaparezca inmediatamente?
La señora ZAVALA.— Como he dicho varias veces, en qué ámbito. Como Fonafe obviamente
es una empresa que vale menos por lo tanto el conjunto empresarial vale menos, ese es un tema,
pero yo no creo que corresponda a Fonafe evaluar los dispositivos que con otros criterios hace el
resto del Estado.
Segundo, que creo que puede dar decisiones que benefician al conjunto del país y que perjudican
al Estado y que las puede tomar Copri legítimamente. Ejemplo, decidir privatizar por un menor
precio a fin de que la tarifa fuera más baja, como ejemplo, ¿no es cierto? Entonces, no siempre es
vender a mayor precio, que la empresa valga más es la decisión correcta para el Estado, puede
ocurrir que por otro tipo de consideraciones eso ocurra.
Todas estas normas ocurren en una época en la cual se vio que había demasiado poder de la parte
militar en las empresas y participación que no se acogía, ¿no es cierto?, a lo que dice el artículo
60.° de la Constitución, y tiene todo un correlato conceptual, razón por la cual surgen estas dos
normas que hacen que efectivamente Popular y Porvenir deje tener valor; es decir, ocurre eso y
ocurre la liquidación.
Ahora, ¿cuál era el apuro de la liquidación? Yo creo que si se toma la decisión de liquidar el
paso más lógico es liquidar lo más pronto posible, porque la única manera de asegurar es de que
haya el mayor remanente; es decir, la forma eficiente de ejecutar una liquidación no es siendo
lento, es siendo rápido, porque así es el remanente mayor.
Ahora, es distinto que ustedes digan ¿tomó usted la decisión de liquidar? No, no me tocaba ni
tampoco me tocaba opinar, me tocaba acatar porque así es el 674.
El señor PRESIDENTE.— Doctora, ¿ustedes o el directorio de Fonafe como tal interviene en
la formulación de los Decretos 029-2001 ó 034-2001?
La señora ZAVALA.— En unos sí y en unos no.
El señor PRESIDENTE.— ¿En cuál intervienen ustedes?
La señora ZAVALA.— En el general, sobre el rol subsidiario del Estado.
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