El señor PRESIDENTE.— Yo le menciono esto, doctor, porque las gerencias generales de los dos
bancos, del Latino e Interbank, con la sociedad auditora suscriben un contrato para procedimientos del
examen efectuado. Y en este acuerdo convienen en que no van a incluir la totalidad de los procedimientos
que son necesarios según las normas de auditoría generalmente aceptadas en el Perú, y es por eso que no
se expresa opinión sobre los estados financieros o sobre ciertos rubros específicos.
En función de este mismo contrato no se aplican procedimientos básicos de auditoría en la valorización
de rubros del balance, como por ejemplo la circularización de colocaciones, las pruebas de cálculo de
depreciación y amortización de activos fijos e intangibles, la revisión de la cartera de créditos incluida en
el Decreto 099-99, la revisión de la corrección y/o razonabilidad de las tasaciones, entre otros.
Entonces, hay un acuerdo de la gerencia de ambos bancos de que la entidad auditora se mueva dentro de
marcos que no son los generalmente aceptados, sino bastante más abiertos o permisivos, si se quiere, en
este terreno.
Y por eso le pregunto si hubo instrucción de los accionistas respecto a cómo operar en este terreno,
porque obviamente implicaba una operación atípica, llamémosle así, en una circunstancia por supuesto
crítica del banco, pero atípica en términos (21) de lo que es un procedimiento de auditoría normalmente
aceptado; por eso le preguntaba cómo es que evalúan el contrato y si reciben instrucciones de los
propietarios o accionistas para operar de esa manera.
El señor WEBB DUARTE.— No recuerdo ninguna instrucción genérica de ese estilo y no la concibo,
además.
Conociendo al representante principal del dueño, que era el ingeniero Luis Baba Nakao, que en todo el
tiempo que estuvo en el directorio fue una de las personas más preocupadas de las formas imaginables,
hasta a veces era una frustración para los que administrábamos al banco, uno quería hacer cosas pero
siempre insistía él en las formas, entonces simplemente no se me ocurre. Y ciertamente no recuerdo una
instrucción.
Lo que sí recuerdo es que esto se dio con opinión legal y nosotros en el directorio estábamos con la
confianza de la opinión legal que habíamos recibido acerca de este procedimiento, opinión legal que
venía no solo de nuestro abogado sino de los abogados de la Superintendencia de Bancos, que ellos
estaban siguiendo esto muy de cerca, y naturalmente de la opinión legal también de Cofide.
Tendría que regresar a documentos y ver detalles, si es que usted quisiera explorar eso en más detalle
¿no?
El señor PRESIDENTE.— En realidad lo que yo quisiera tener claro es también si el directorio tomó
conocimiento del contrato firmado entre ambas gerencias y de las características peculiares que tuvo la
acción de auditoría.
Sobre los temas anteriores, doctor, quizás para facilitarle un poco el trabajo, yo le puedo dejar copia de las
actas a las que hemos hecho mención, la 477, la 479 y la 481 del Banco Latino, las tenemos aquí a la
mano, para que usted pueda precisarnos, respecto a las preguntas de cuando un poco comenzamos la
conversación, sus respuestas sobre el tema, cosa que supongo podría ser perfectamente por escrito, de
forma tal de no volver a reiterar una reunión al respecto.
No sé si usted quisiera agregar algo en particular.
El señor WEBB DUARTE.— No. Solo quizás decir que el 28 de diciembre del año 2000, cuando se
firmó ese contrato o compromiso ya de venta final, fue uno de los días más felices de mi vida.
El señor PRESIDENTE.— Muchas gracias.
Se suspende la sesión unos minutos, para recibir al señor Tola.
—Se suspende la sesión.
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