Informe Final de la Comisión de
Fiscalización y Contraloría recaído en la
investigación
sobre
presuntas
irregularidades en la concesión de la “Vía
Expresa del Callao” - RESERVADO
7.2.1.1.
(Plazo para suscribir el Contrato de Concesión) Siempre,
por una cuestión metodológica13, realizaremos el siguiente análisis desde
el supuesto negado de que el caso que nos ocupa se encontraba bajo el
régimen
municipal
de
concesiones
previsto
para
la
Provincia
Constitucional del Callao, en el “Reglamento que regula la entrega en
concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de
servicios públicos locales”, aprobado por Ordenanza No. 006-97-MPC, del
27 de mayo de 1997.
7.2.1.2.
De acuerdo a lo señalado en el artículo 36º, concordado con
los artículos 30, 29 y 28 de dicha Ordenanza No. 006, el Contrato de
Concesión debía suscribirse dentro de los 15 días siguientes a la fecha en
que quedó consentida la Resolución de Adjudicación. Es decir 20 días,
computando los 5 días previstos para poder apelar la resolución, luego de
lo cual, de no mediar impugnación, esta queda consentida.
7.2.1.3.
En efecto, el artículo 36º del Reglamento aprobado por
Ordenanza No. 006 precisa que son de aplicación para el procedimiento
de Concurso de Proyectos Integrales, entre otros, el artículo 30º, el mismo
que deriva al segundo párrafo del artículo 29º y este, a su vez, debe
concordarse con el artículo 28º, como podemos observar a continuación:
“Artículo 30.- El contrato de concesión se suscribirá dentro del
plazo indicado en el ultimo párrafo del artículo anterior (artículo
29º), conforme a la proforma que obre en el expediente (...)”
“Artículo 29.- (Último párrafo) Dentro de los quince (15) días
siguientes a la fecha en que haya quedado consentida la
Resolución de Adjudicación, el organismo municipal concedente
13
Abstrayéndonos de la nulidad de la concesión analizada y sustentada en los ítems precedentes.
74
Seleccionar párrafo de destino3
Conectar a un párrafo
Connect to an entity
Disable highlights
Añadir a la tabla de contenidos