¿a (2^/ac¿&n estos, las líneas de mando del Ministerio de Transportes y Comunicaciones con personal afín a sus intereses, a través de los cuales, se habría buscado controlar y direccionar las licitaciones convocadas por PROVIAS DESCENTRALIZADO, acorde a los intereses subalternos de la referida organización, favoreciendo las licitaciones a empresas cuyos representantes eran miembros de la Organización Criminal o vinculados a esta. 4.5.2.2.1.2.13. En el caso concreto, se habría controlado y direccionado a favor de los integrantes de la Organización Criminal la Licitación Pública N.° 01-2021-MTC/21 "Construcción del puente vehicular Tarata sobre el río Huallaga Provincia de Mariscal Cáceres - Región San Martín, que se otorgó la buena pro al Consorcio PUENTE TARATA III b. Tipicidad subjetiva 4.5.2.2.1.3. Ha de recordarse que el delito de Organización Criminal es un delito doloso, en el sentido de que el sujeto activo actúa a sabiendas del carácter ilícito de la Organización Criminal y del rol o funciones que desarrolla para contribuir a la permanencia de la misma y al logro de su programa criminal. 4.5.2.2.I.4. Siendo esto así, en el caso concreto, el investigado JUAN FRANCISCO SIVAL VILLEGAS [en su condición de Ministro de Transportes y Comunicaciones - mando operativo de la Organización Criminal] habría conocido perfectamente el carácter ilícito de la Organización Criminal y el programa criminal de la misma; pues, en su condición de operador habría estado encargado de copar dicha cartera con personas ligadas a los intereses de la Organización Criminal, esto, con la finalidad de controlar y direccionar las licitaciones convocadas por PROVÍAS DESCENTRALIZADO a empresas allegadas al Presidente de la República, a su persona y en general, a la referida Organización Criminal. 4.5.2.2.2. Juicio de antijuricidad. 4.5.2.2.2.I. En cuanto a la antijuricidad tenemos que, de los actos de investigación practicados a la fecha, se tiene que la conducta desplegada por el. investigado, JUAN FRANCISCO SILVA VILLEGAS [en su condición de Ministro de Transportes y Comunicaciones - mando operativo de la Organización Criminal], sería contraria a la norma, y no concurriría ninguna de las causas de justificación previstas en el artículo 20 del Código Penal. 4.5.3. DE LA SUBSUNCIÓN JURÍDICA POR ORGANIZACIÓN CRIMINAL, EN EL CASO PRESUNTAMENTE PERPETRADOS EN EL VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO EL DELITO DE DE LOS HECHOS MINISTERIO DE Página 127 de 375

Seleccionar párrafo de destino3

Conectar a un párrafo
Connect to an entity
Disable highlights
Añadir a la tabla de contenidos