Cuando recibimos la acusación constitucional conjuntamente con la resolución de haber mérito a
la formación de causa por Barrios Altos y La Cantuta, encontramos que los documentos que
habíamos mandado, que era una investigación más o menos amplia, con la denuncia
constitucional que había hecho la Fiscal de la Nación no estaba incluida. Y eso que es más
delicado, en el caso del general Villanueva ¿qué pasó? Como la mayor parte de bienes
adquiridos y que constituían el delito de enriquecimiento ilícito se produjeron cuando él era
general o Comandante General del Ejército se investigó y se dispuso que el Fiscal Provincial
formule cargos ante el Poder Judicial. Se inició un proceso y existe un proceso al momento casi
por la mayoría de los bienes adquiridos. Solamente faltaba incluir unos cuantos bienes que
adquirió cuando fue ministro de Estado.
En ese extremo la señora Fiscal de la Nación formuló denuncia constitucional remitiendo los
actuados al Congreso.
Cuando recibimos nuevamente los documentos con la resolución de haber lugar formación de
causa sencillamente se había comprendido todos los hechos sin tomar en cuenta de que sobre eso
ya había proceso y no en la Corte Suprema sino ante el juzgado. Porque para ese extremo el
general no tenía prerrogativa de antejuicio solamente para el enriquecimiento producido cuando
fue ministro. Y además, encontramos de que en los documentos que se remitieron a la Fiscalía
con la acusación constitucional no estaban los actuados que habíamos remitido con la denuncia
constitucional y tampoco la denuncia constitucional. O sea, que no se había tomado en cuenta,
no se había coordinado para nada las investigaciones hechas por la Fiscalía y que sobre las
cuales ya existía proceso.
El señor PRESIDENTE.— Una interrupción, doctor.
Yo he presidido la comisión de acusación constitucional y nosotros hemos considerado toda la
investigación de la Fiscalía. Y tal es así que es alrededor de 2 mil 300 folios los cuales se debería
a una situación de repente administrativa que no se haya remitido con eso. Y además,
formulamos la acusación escrita, que fue leída en el Congreso y fue acordada por unanimidad y
estuvo cifrada al tema del enriquecimiento ilícito cuando era ministro.
Lo que pasa es que de alguna manera las cosas se vinculan, porque cuando llega a ser ministro
llega con el patrimonio también que ha adquirido antes. Pero la acusación probablemente el tema
puede ser de carácter administrativo que no se haya devuelto con todos los actuados por un
asunto de mantener de repente los originales.
Yo voy a averiguar eso pero en eso le aseguro ha habido la acusación escrita, que fue puesta en
el despacho de cada congresista, oral en el pleno, aprobada por unanimidad. Y para tal efecto, se
tuvo a la vista para la comisión acusadora el íntegro del expediente de alrededor de 2 mil 300
fojas.
El señor FISCAL PROVINCIAL DE DELITOS DE ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO,
doctor Tomás Gálvez Villegas.— Si me permite, señor Presidente.
Pero la acusación fue por todo. La acusación escrita, inclusive, fue por todos los bienes materia
del enriquecimiento. O sea, que no se había tenido en cuenta que sobre ellos ya existía un
proceso ante el juzgado penal correspondiente.
El señor PRESIDENTE.— Disculpe, doctor Gálvez.
Sí conocimos que existía proceso abierto con respecto a los implicados que no tenían derecho a
acusación constitucional. Entonces, sí lo ha tomado en consideración, lo que puede ser es que no
lo haya consignado expresamente.
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