realizó los servicios de control que, por la magnitud de los proyectos
materia de investigación, correspondía ejecutar a fin de salvaguardar los
intereses del Estado. Asimismo, determinar la responsabilidad de los
funcionarios y servidores públicos de la SUNAT que, durante el periodo que
comprendieron tales proyectos, debieron realizar dichas acciones.
7.
Al Organismo Supervisor de Contrataciones con el Estado (OSCE) iniciar
una investigación interna en atención a lo expuesto en el presente informe
a fin de determinar los motivos por los cuales dicha entidad no realizó los
servicios de control a las empresas supervisoras que, por la magnitud de
los proyectos materia de investigación, correspondía ejecutar a fin de
salvaguardar los intereses del Estado. Asimismo, determinar la
responsabilidad de los funcionarios y servidores públicos que, durante el
periodo que comprendieron tales proyectos, debieron realizar dichas
acciones.
8.
A la Presidencia de Consejo de Ministros (PCM), iniciar investigación en
atención a lo expuesto en el presente informe a fin de determinar los
motivos por los cuales el Organismo Supervisor de la Inversión en
Infraestructura de Transporte de Uso Público (OSITRAN) y el Organismo
Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (OSINERGMIN) no
realizaron las actividades de regulación que, por la magnitud de los
proyectos materia de investigación, correspondía ejecutar a fin de
salvaguardar los intereses del Estado. Asimismo, determinar la
responsabilidad de los funcionarios y servidores públicos que, durante el
periodo que comprendieron tales proyectos, debieron realizar dichas
acciones.
9.
A la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (Proinversión) iniciar
una investigación interna, en atención a lo expuesto en el presente informe,
a fin de determinar los motivos por los cuales dicha entidad no realizó todas
las actividades inherentes a su cargo que, por la magnitud de los proyectos
materia de investigación, correspondía ejecutar a fin de salvaguardar los
intereses del Estado. Asimismo, determinar la responsabilidad de los
funcionarios y servidores públicos que, durante el periodo que
comprendieron tales proyectos, debieron realizar dichas acciones.
10. A la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, iniciar una investigación
interna, en atención a lo expuesto en el presente informe, a fin de
determinar los motivos por los cuales dicha entidad no realizó todas las
actividades de control que, por la magnitud de los proyectos materia de
investigación, correspondía ejecutar a fin de salvaguardar los intereses del
Estado. Asimismo, determinar la responsabilidad de los funcionarios y
servidores públicos que, durante el periodo que comprendieron tales
proyectos, debieron realizar dichas acciones.
11. A la Contraloría General de la República, adecuar el marco normativo de
las asociaciones público privadas y acondicionarlo a los lineamientos
generales del Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción.
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