IV. RECOMENDACIONES 1. Remitir el presente informe a la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, a través del cual se denuncia constitucionalmente, al expresidente de la República Ollanta Moisés Humala Tasso (DNI N° 44123390), por la presunta comisión del delito de función de negociación incompatible o aprovechamiento indebido del cargo, previsto y sancionado en el artículo 399° del Código Penal, ello conforme al artículo 89° del reglamento del Congreso. 2. Remitir el presente informe a la Fiscalía de la Nación a efectos de que, conforme a sus atribuciones, emita el pronunciamiento correspondiente respecto a los indicios de la comisión del delito de Lavado de activos en su modalidad de conversión, previsto y sancionado en el artículo 1° de la Ley N° 27765 que habrían cometido los ciudadanos Pedro Pablo Kuczysnki Godard (DNI N° 06477277) y Gloria Jesús Kisik Wagner (DNI N° 07818987). Esto sin perjuicio de que el Ministerio Público, en el ejercicio de sus funciones y competencias, determine de los hechos descritos en la presente investigación otras responsabilidades penales a que hubiera lugar. 3. Derivar el presente informe a la Contraloría General de la República para que evalúe el inicio de los procedimientos administrativos para la sanción de responsabilidad civil en el ejercicio de funciones, regulada por la Ley N° 27785 (“Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República”), en la que habrían incurrido los señores Javier Roca Fabián (DNI N° 10300879) (ex director general de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional); Rosalía Álvarez Estrada (DNI N° 09011803) (exsecretaria general del MEF); María Soledad Guiulfo Suárez-Durand (DNI N° 07734484) (exviceministra de Economía); Carlos Casas Tragodara (DNI N° 08199868) (exviceministro de Economía); Pablo Enrique Salazar Torres (DNI N° 16475087) (exgerente general del PEOT); José Huamán Castillo (DNI N° 17432755) (exconsejero delegado del Gobierno Regional de Lambayeque); y, Adela Saavedra Díaz (DNI N° 16544946) (exconsejera delegada del Gobierno Regional de Lambayeque), conforme a lo referido en el numeral 9 de las conclusiones particulares. 149

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