El señor PRESIDENTE.— Al addendum.
El señor
.— Porque el convenio de estabilidad se firma con la empresa Edelsur que era
una sola empresa. Cuando se produce el proceso de escisión, el convenio de estabilidad tiene absoluto
sentido en el negocio regulado, porque nos permite un horizonte más estable de 10 años. Ese es un
horizonte en donde nosotros sabemos que no vamos a tener control sobre los precios ni de compra, ni de
venta, y ahí es donde más nos conviene tener por lo menos una de las variables fijas que es el marco
tributario con el cual vamos a trabajar.
No nos interesa tenerla necesariamente en la empresa que se dedica al negocio no reculado; sin embargo,
el addendum lo que hace es, le da estabilidad a ambas. El addendum lo que hace es, le traslada la
estabilidad a la empresa escindida, pero la empresa escindente también se queda con estabilidad
tributaria.
Sin embargo, años después Tecsur renuncia al régimen de estabilidad tributaria. ¿Y sabe por qué
renuncia? Porque el régimen de estabilidad tributaria no le convenía; o sea, no es que el régimen de
estabilidad siempre es beneficioso. Al contrario, hay situaciones como la que le expliqué en donde,
cuando la tasa del impuesto bajó a 20%, nosotros no pudimos acogernos a esa tasa, pero Tecsur sí.
Y por otras razones adicionales, Tecsur renuncia a la estabilidad tributaria. Hoy Tecsur no tiene ni se rige
por el marco de estabilidad tributaria, porque es un negocio no regulado y tiene más grados de libertad.
Ellos pueden subir precios, pueden bajar precios, pueden hacer muchas otras cosas que nosotros como
regulados no podemos.
Entonces, el addendum lo que hace es, extiende el beneficio de la estabilidad tributaria a la empresa
escindida.
El señor PRESIDENTE.— De parte nuestra, digamos, las inquietudes básicas están formuladas y
recibidas las respuestas. No sé si ustedes quisieran agregar algo en particular sobre el tema.
Sí quisiera solicitarles que los puntos que hemos señalado como ampliaciones de información los
pudieran acercarnos. Vamos a buscar también formularlos por escrito para ese efecto.
Pero, ustedes quisieran hacer algún afirmación adicional a las ya hechas.
El señor
.— No, excepto, congresista, que estamos a su disposición para ampliar o aclarar
cualquier otro tema vinculado ya sea con el tema de la controversia tributaria o con el tema de Colfonavi
o cualquier otra cosa vinculada con nuestra empresa.
Y simplemente, reiterar que nosotros actuamos con absoluta transparencia y en respeto estricto al marco
legislativo existente. Nuestros libros y nuestras transacciones están absolutamente a su disposición. No
tenemos absolutamente nada que tengamos en el closet.
Una de las cosas que creo que caracteriza a nuestra empresa es que nos regimos por un código de ética en
los negocios que lo respetamos con mucha pulcritud y al máximo. Y todo lo que hacemos es
absolutamente transparente.
El señor PRESIDENTE.— Un último asunto que quisiera pedirles es, si ustedes pudieran acercarnos
una relación de los estudios de abogados con los cuales funciona la empresa, con los cuales tiene
contratos de servicios de asesoría jurídica o de consultorías en este terreno, en los años que tiene de
existencia la empresa.
El señor
.— Sí, encantado. Probablemente su pregunta, no sé si tiene vinculación o no con
la pregunta que nos formuló el asesor, sobre el estudio Echecopar. Si fuera así, le adelanto que Luz del
Sur nunca ha tenido ninguna vinculación con el estudio Echecopar, no tiene este contrato de servicios, ni
asesoría, ni hemos usado el estudio Echecopar para nada.
El estudio Echecopar ha sido un estudio que ha sido asesor de PSG en el proceso de adquisición de la
empresa Electroandes, pero con Luz del Sur no tiene ninguna vinculación de ninguna clase. Y le vamos a
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