en la certificación que debía emitir el banco interviniente en la operación. 3º Registrar su inversión, valorizada convertibilidad, en CONITE. en moneda de libre Cláusula Cuarta.- Delta Air Lines asumió adicionalmente, de conformidad con lo pactado en la CLÁUSULA SEGUNDA, la obligación de acreditar que había cumplido con la realización de aporte dinerario por US $ 15 000 000,00 (quince millones y 00/100 dólares de los Estados Unidos de Norte América) al capital de AEROPERU, mediante la presentación ante CONITE, de copia del Testimonio de la Escritura Pública de Aumento de Capital y Modificación de Estatutos de la Empresa, debidamente inscrita en el registro correspondiente, así como la certificación que debía emitir el banco interviniente en la operación. Cláusula Décima.- Constituían causales de resolución de pleno derecho del presente Convenio de Estabilidad jurídica, sin mediar requisito de comunicación previa, las siguientes: 1º El incumplimiento por parte de Delta Air Lines de las obligaciones establecidas en la CLÁUSULA SEGUNDA, CLÁUSULA CUARTA. 2º La cesión de posición contractual que realice Delta Air Lines a otro inversionista sin obtener la correspondiente autorización previa de CONITE, conforme a loo establecido en la CLÁUSULA OCTAVA. También se indica en ésta Cláusula que en el caso de que Delta Air Lines incurra en una de las mencionadas causales de resolución del presente Convenio, si por efecto de la estabilidad jurídica concedida al amparo del mismo, hubiera gozado de una carga fiscal menor a la que le hubiera correspondido de no estar amparada por dicho Convenio, estará obligada a rembolsar al Estado el monto actualizado de los tributos que le hubieran afectado de no haber suscrito el Convenio, más los recargos correspondientes a que se refiere el Código Tributario. 6. LA SITUACIÓN DE LOS TRABAJADORES LUEGO DEL PROCESO DE PRIVATIZACIÓN. En Julio de 1992, antes del período de privatización, trabajaban en Aeroperú 1,387 personas, de las cuales 1,235 laboraban en el Perú y 152 en el extranjero. En Octubre de ese mismo año el Sr. Dante Matellini, presidente del Cepri en ese entonces, inició un proceso compulsivo de reducción de personal que tenía como objetivo llegar al momento de la transferencia al sector privado con 990 trabajadores, de los cuales 930 prestaban servicios en el Perú y 60 en el extranjero. 61

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