señor Daniel Hokama Tokashiki, Presidente de la COPRI, que en la Junta General Ordinaria de Accionistas celebrada el 21.ABR.95 se aprobó la capitalización de las provisiones por Compensación por Tiempo de Servicios que al 28.FEB.93 los trabajadores de la empresa utilizaron para adquirir el 7.2209% del capital accionario; asimismo, que dicho acuerdo fue comunicado a los Auditores Coleridge y Asociados por CONADE, con el objeto de que se refleje en los estados financieros materia del dictamen final de la auditoría que tenía contratada con el CEPRI - AEROPERU. Asimismo, el señor Roberto Abusada manifestó al Presidente de la COPRI la preocupación de la empresa por la actitud de los trabajadores, lo cual, consideraba, tenía su origen en el excesivo tiempo que venía tomando la conclusión del proceso de privatización de AEROPERU. En tal virtud, solicitaba que interponga sus buenos oficios para que el proceso de privatización concluya en el menor tiempo posible y disponga que los trabajadores accionistas de la empresa sean atendidos por quien corresponda a efectos que reciban la información necesaria para satisfacer sus inquietudes con respecto a dicho proceso. 3. Con la finalidad de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25953, funcionarios de AEROPERU y de la SUNAT, IPSS, Tesoro Público y CORPAC suscribieron actas de conciliación de las deudas al 31.ENE.93 en las que se consignó que el monto de los adeudos de AEROPERU eran los siguientes: Deuda al 31.ENE.93 Entidad Fecha de Número de Conciliación Anexo Dólares Nuevos Soles S/. 03.NOV.93 16 299 993,58 IPSS 05.ABR.95 16 532 536,88 SUNAT 05.JUN.95 39 099 812,83 Total 4. US $ CORPAC Tesoro Público Americanos 24 428 385,56 5 015 560,57 9 578 978,80 76 947 903,86 34 007 364,36 Mediante Resolución Ministerial Nº 118-95-EF/75 de 18.JUL.95 (Anexo Nº 53) se aprobó el “Convenio de Asunción de la Obligaciones de la Empresa de Transporte Aéreo del Perú S.A. – AEROPERU”, en el que se reconoce que el total de las obligaciones que el Ministerio de Economía y Finanzas asumía al 31.ENE.93 ascendían a S/. 76 947 903,86 y US $ 34 007 364,36; asimismo, se autorizó al Director General de Crédito Público a suscribirlo en representación del citado Ministerio,. Con fecha 25.JUL.95 (Anexo Nº 54) el señor José Fernando Lituma Agüero, Director General de Crédito Público, y los señores Luis Ballén Granadino y Alejandro Morales Espinoza, Gerente Central de Finanzas y Gerente Central de Administración de AEROPERU, respectivamente, suscribieron el Convenio de Asunción de Deudas; el mismo que en la Cuarta Cláusula precisaba que la asunción de obligaciones por parte del Ministerio de Economía y Finanzas constituía un aporte de capital del 47

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