Comisión Investigadora de Delitos Económicos y Financieros 1990 – 2001 Área de Salvataje Bancario 13-jun-02 Espinosa, interpuso ante el Juez Especializado en lo Civil de Lima, demanda de Cumplimiento de Contrato contra el Banco Latino en Liquidación. El Petitorio de la Demanda tiene dos puntos principales: - - Que el Banco Latino proceda a hacer entrega inmediata y sin condiciones de toda la documentación completa que acredite la existencia y exigibilidad de los 8,945 créditos transferidos a favor del MEF. Se demandaba el pago de la indemnización por daños y perjuicios derivados de incumplimiento del contrato respectivo, fijando la indemnización en la suma de US$ 164’436,310.68. Igualmente, la demanda comprende el pago de intereses y costos del proceso. En la demanda se establece la siguiente situación de la cartera recibida: Cuadro 9: Situación de la Cartera Recibida por el DU 041 -99 Documentación Completa Incompleta Sin documentación Créditos Cancelados Total Expedientes % 49 8 721 210 14 8 994 0.5 97.0 2.3 0.2 100.0 Importe en US$ 10 480 760.05 162 301 781.53 2 131 129.82 3 399.33 174 917 078.73 % 6.0 92.8 1.2 0.0 100.0 La demanda judicial se efectuó en vista al incumplimiento del Banco Latino para entregar la documentación completa de los créditos cedidos, tal situación ha dado lugar a múltiples requerimientos por parte del Banco de la Nación, entidad encargada de la revisión y recepción de la documentación. Sin embargo, el Banco Latino, reiteradamente, se negó a cumplir con la prestación contractualmente acordada, no obstante que el MEF había cumplido con expedir los Bonos del Tesoro Público. • La demanda interpuesta, generó el expediente N° 2001-34679-0-0100-J-CI-23, sobre el cual con fecha 21 de diciembre del 2001 se expidió la Resolución Número Uno, que declara Inadmisible la referida demanda, concediéndose a la Procuraduría un plazo de tres días a efectos que cumpla con subsanar las omisiones reportadas. • Con fecha 14 de enero del 2002, la Procuraduría presentó ante el Vigésimo Tercer Juzgado Civil de Lima, subsanando las omisiones reportadas. • Al 23 de enero del 2002, la situación del expediente se encuentra con la Resolución N° 02, por la cual se admite la demanda. Respecto a esta demanda interpuesta por la Procuraduría del MEF, se puede establecer que resulta extemporánea, ya que se produjo después de 8 meses que se produjo la segregación de un bloque patrimonial del Banco Latino y fue incorporado al Interbank, al amparo del Decreto de Urgencia N° 108-2000, y con el bloque que no fue incorporado se constituyeron dos fideicomisos que son administrados por el Interbank. Es importante señalar que la demanda fue interpuesta contra el Banco Latino en liquidación, el cual ya tiene comprometido su patrimonio en liquidación, constituido por dos fideicomisos que administra Interbank, los que tienen la siguiente aplicación: 56

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