compromiso de inversión de USA $ 25’000,000.00 dentro de los 36 meses de tomado el control de la empresa, presentación de una carta fianza que garantizara este compromiso y que la empresa ganadora cancele el precio de las acciones dentro de los 07 días útiles de adjudicadas las mismas. Además, de conformidad con las bases el postor que ganase la Buena Pro debía asumir las deudas laborales de los trabajadores y ex trabajadores de la empresa en un plazo no mayor a doce meses desde que asumiera el control de la empresa. El agente de intermediación, WIESE SAB, sería el encargado del pago a los vendedores del precio de las acciones vendidas en un plazo no mayor a 72 horas.(anexo 6) 4. El 12 de Abril de 1999, la Comisión de Venta constituyó las bases de la subasta pública internacional presentándose dos postores: Perú Zucker S.A, empresa del grupo Huancaruna Perales que eran acreedores hipotecarios de tierras de la empresa Pucalá S.A y estaban sindicados como los principales provocadores de disturbios en la zona, agudizando de esta forma la división y el conflicto social en Pucalá y el Consorcio Izaga Paramonga, bajo la representación del Sr. Jaime Mur Campoverde. El 15 del mismo mes era la fecha límite para que ambos postores presentasen sus ofertas. 5. El 15 de Abril la empresa Perú Zucker S.A. decidió retirarse del proceso de subasta y el Consorcio Izaga Paramonga presentó su oferta; la misma que se sustentaba en el monto de S/. 3.20 soles por acción para los accionistas jubilados o trabajadores accionistas que optasen por renunciar y S/. 1.60 soles para los accionistas trabajadores que no renunciaran ni se jubilaran por adelantado. 6. Según lo establecido en el numeral VII de las bases de la subasta, de presentarse solamente ofertas inferiores al precio base, se dejaría constancia de estas propuestas. No obstante, se facultaba a la comisión de venta, dentro de los tres días siguientes, a invitar a los postores que hubieran ofrecido los mayores precios por las acciones, a elevar sus propuestas. Estas nuevas propuestas debían ser consultadas a los accionistas que hayan puesto en venta sus acciones (sindicados), a efectos de conocer su posición respecto a los nuevos términos ofrecidos por los postores. 7. El 23 de Abril de 1999 se declaró apta la oferta del Consorcio Izaga Paramonga para ser sometida en consulta ante los trabajadores accionistas, según se desprende del acta suscrita por los miembros de la Comisión de Venta, Srs. Armando Inga Castillo, Manuel Mendoza Suárez, Maximiliano Incio Rodríguez, Luis Antonio Gayoso Carmona y por parte del Consorcio Izaga Paramonga por los Srs. Jaime Mur Campoverde y Miguel Yzaga Tori, así como en representación del Cepri Azucarera por el Sr. Hernando Mercado Jarrín y Leonidas Cruzado Quirós. Asimismo, se otorgó a Wiese Sociedad Agente de Bolsa (Wiese SAB) un plazo máximo de 30 días útiles desde la suscripción de dicha acta, para recibir las ordenes de venta de los accionistas que aceptaban la oferta. El plazo otorgado a la agencia de intermediación WIESE SAB de conformidad con lo consignado en dicha acta, vencía el 4 de junio de 1999. 8. Con anterioridad a la suscripción del acta de fecha 23 de abril de 1999, y antes de que la oferta del consorcio Yzaga –Paramonga pasase a “consulta”, en el mes 6

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