los propietarios de las azucareras sean los mismos trabajadores, como por ejemplo el impacto que tuvo la apertura del mercado en la caída de los precios del azúcar. Es así que desde el Ministerio de Agricultura (bajo la conducción del Ex Ministro Absalón Vásquez Villanueva) se implementó una política intervensionista bajo el argumento de que se debían incorporar a “socios estratégicos”, llevando no solo al cambio del régimen empresarial, sino sobre todo a la transferencia de propiedad a favor de grupos económicos que, apoyados en la emisión de normas por el gobierno de turno, asumieron la dirección de las principales azucareras. En este contexto, es que el 12 de marzo de 1996 se promulga el Decreto Legislativo 802, el cual es suscrto por Alberto Fujimori,·Dante Cordova (Presidente del Consejo de Ministros), Absalón Vasquez (Ministerio de Agricultura) y Jorge Camet (Ministro de Econocmía y Finanzas). Este Decreto Legislativo creó el Programa Extraordinario de Regularización Tributaria (PERTA), mediante el cual la SUNAT condonaba el 70% y capitalizaba el 30% de las deudas tributarias de las azucareras, sujeto a que las empresas azucareras cambien su modalidad empresarial a sociedades anónimas y los trabajadores capitalicen no menos del 50% de su CTS y el 100% del resto de adeudos laborales. Si bien es cierto que el Decreto Legislativo 802 permitiría sanear la crisis financiera que afrontaba el sector azucarero, la incorporación de inversionistas privados mediante el proceso de transferencia de acciones, en algunos casos fue poco transparente y estuvo plagado de irregularidades. Estas irregularidades fueron apoyada por el poder político mediante la emisión de normas destinadas a favorecer a los inversionistas en detrimento de los intereses de los trabajadores, como es el caso de la Privatización de Pucalá. 2.- MARCO LEGAL La cooperativa Agraria Azucarera Pucalá, al amparo de lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 802 y su reglamento el DS 005-96-AG, 009-96-AG y 010-99-AG, se transformó en sociedad anónima bajo la denominación social de “Empresa agroindustrial Pucalá SA”, lo cual consta en la ficha Nº 785 del Libro de Sociedades Mercantiles del Registro de Personas Jurídicas de Chiclayo El artículo 3 del decreto legislativo Nº 802 establecía el Programa Extraordinario de Regularización Tributaria, PERTA, destinado a facilitar el pago de la deuda tributaria proveniente del incumplimiento de impuestos y contribuciones que adeudaban las empresas agrarias azucareras así como las aportaciones derivadas por concepto de deudas al IPSS,ONP y FONAVI. Asimismo, el articulo 5 del referido texto legal, disponía las formas de acogimiento a los beneficios que otorgaba la ley de la siguiente forma: A) Pago al contado en cuyo caso se reducía la deuda en un 60 %. B) Mediante capitalización de la deuda tributaria, reducida en un 70%, la misma que debía hacerse a través de emisión de acciones representativas del capital social en las empresa azucareras que habían cambiado o cambien su modalidad empresarial a sociedades anónimas. Las acciones 3

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