INFORME FINAL DE LA COMISIÓN INVESTIGADORA ENCARGADA DE INVESTIGAR EL PAGO DE PRESUNTAS COIMAS A
FUNCIONARIOS PERUANOS POR PARTE DE LAS EMPRESAS BRASILEÑAS ODEBRECHT, CAMARGO CORREA, OAS,
ANDRADE GUTIÉRREZ, QUEIROZ GALVAO Y OTRAS, DESDE EL INICIO DE SUS ACTIVIDADES HASTA LA FECHA, POR
CUALQUIER FORMA DE CONTRATO CON EL ESTADO PERUANO.
Con fecha 30 de diciembre del 2008, se dictó el D.S. N° 181-2008-EF, señalando en
los considerandos del citado decreto que mediante el numeral 5.1 del artículo 5 de la
Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2008, se autoriza al
Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento externo por US$
1,402´130,000.00 y que en el marco de la citada autorización, la República del Perú
acordará una operación de endeudamiento externo con la Corporación Andina de
Fomento – CAF hasta por US$ 300´000,000.00, destinadas a financiar parcialmente
las obras faltantes de los tramos 2, 3 y 4 del Proyecto Corredor Vial Interoceánico
Sur Perú Brasil – IIRSA SUR, señalándose que la cancelación de la operación de
endeudamiento externo se efectuaría mediante 26 cuotas semestrales (13 años),
consecutivas (…), advirtiéndose que suscriben el citado decreto; Alan García Pérez,
Presidente Constitucional de la República; Yehude Simon Munaro, Presidente del
Consejo de Ministros; Luis M. Valdivieso M., Ministro de Economía y Finanzas y
Enrique Cornejo Ramírez, Ministro de Transportes y Comunicaciones. Es importante
señalar que este DS sale antes de que se apruebe la Ley que autorizaba la
ampliación de presupuesto.
b) Incorporación de los US$ 234´137,014.00 prestados por la CAF (D.S. N° 1812008-EF) al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones vía
Decreto de Urgencia N° 025-2009, para el pago de los tramos 2, 3 y 4 IIRSA
SUR
El 19 de febrero de 2009, se dicta el Decreto de Urgencia N° 025-2009, según los
considerandos del citado decreto se hace referencia a la Ley N° 29309 y se señala
que mediante el Decreto Supremo N° 181-2008-EF, se aprobó la operación de
endeudamiento externo acordada con CAF hasta por US$ 300´000,000.00.
Indicando que resulta urgente atender las obligaciones y ejecución de las referidas
obras, incorporando en el presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009,
con cargos a los recursos obtenidos del préstamo de la CAF, la suma de S/.
772´652,146.00, por la fuente de financiamiento Recursos Operaciones Oficiales de
Crédito, a favor del Pliego Ministerio de Transportes. Por lo que se autoriza
incorporar vía crédito suplementario en el presupuesto del sector público para el año
fiscal 2009 el citado monto.
c) Decreto de Supremo N° 235-2010-EF que aprueba
endeudamiento externo con la CAF por US$ 200´000,000.00
operación
de
El 24 de noviembre del 201021 se dicta el D.S. N° 235-2010-EF, mencionando en los
considerando: ―Que el numeral 4.1 del Artículo 4° de la Ley N° 29466, Ley de
Endeudamiento del Sector Público para el año fiscal 2010, autoriza al Gobierno
nacional a acordar operaciones de endeudamiento externo por un monto
equivalente de US$ 2,137´630,000.00, y que en el marco de la citada autorización,
la República del Perú acordará una operación de endeudamiento externo con la
Corporación Andina de Fomento – CAF hasta por la suma de US$ 200´000,000.00,
21
Cabe resaltar que en la emisión del “D.S. N° 235-2010-EF” aparece con la fecha 24 de noviembre de
2009. Sin embargo la nomenclatura de la citada norma se señala que el año de emisión es el periodo
2010, presumiéndose error en la fecha, por lo que debe entenderse que fue emitido el 24 de noviembre
de 2010.
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