INFORME FINAL DE LA COMISIÓN INVESTIGADORA ENCARGADA DE INVESTIGAR EL PAGO DE PRESUNTAS COIMAS A FUNCIONARIOS PERUANOS POR PARTE DE LAS EMPRESAS BRASILEÑAS ODEBRECHT, CAMARGO CORREA, OAS, ANDRADE GUTIÉRREZ, QUEIROZ GALVAO Y OTRAS, DESDE EL INICIO DE SUS ACTIVIDADES HASTA LA FECHA, POR CUALQUIER FORMA DE CONTRATO CON EL ESTADO PERUANO. Con fecha 30 de diciembre del 2008, se dictó el D.S. N° 181-2008-EF, señalando en los considerandos del citado decreto que mediante el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2008, se autoriza al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento externo por US$ 1,402´130,000.00 y que en el marco de la citada autorización, la República del Perú acordará una operación de endeudamiento externo con la Corporación Andina de Fomento – CAF hasta por US$ 300´000,000.00, destinadas a financiar parcialmente las obras faltantes de los tramos 2, 3 y 4 del Proyecto Corredor Vial Interoceánico Sur Perú Brasil – IIRSA SUR, señalándose que la cancelación de la operación de endeudamiento externo se efectuaría mediante 26 cuotas semestrales (13 años), consecutivas (…), advirtiéndose que suscriben el citado decreto; Alan García Pérez, Presidente Constitucional de la República; Yehude Simon Munaro, Presidente del Consejo de Ministros; Luis M. Valdivieso M., Ministro de Economía y Finanzas y Enrique Cornejo Ramírez, Ministro de Transportes y Comunicaciones. Es importante señalar que este DS sale antes de que se apruebe la Ley que autorizaba la ampliación de presupuesto. b) Incorporación de los US$ 234´137,014.00 prestados por la CAF (D.S. N° 1812008-EF) al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones vía Decreto de Urgencia N° 025-2009, para el pago de los tramos 2, 3 y 4 IIRSA SUR El 19 de febrero de 2009, se dicta el Decreto de Urgencia N° 025-2009, según los considerandos del citado decreto se hace referencia a la Ley N° 29309 y se señala que mediante el Decreto Supremo N° 181-2008-EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo acordada con CAF hasta por US$ 300´000,000.00. Indicando que resulta urgente atender las obligaciones y ejecución de las referidas obras, incorporando en el presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, con cargos a los recursos obtenidos del préstamo de la CAF, la suma de S/. 772´652,146.00, por la fuente de financiamiento Recursos Operaciones Oficiales de Crédito, a favor del Pliego Ministerio de Transportes. Por lo que se autoriza incorporar vía crédito suplementario en el presupuesto del sector público para el año fiscal 2009 el citado monto. c) Decreto de Supremo N° 235-2010-EF que aprueba endeudamiento externo con la CAF por US$ 200´000,000.00 operación de El 24 de noviembre del 201021 se dicta el D.S. N° 235-2010-EF, mencionando en los considerando: ―Que el numeral 4.1 del Artículo 4° de la Ley N° 29466, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el año fiscal 2010, autoriza al Gobierno nacional a acordar operaciones de endeudamiento externo por un monto equivalente de US$ 2,137´630,000.00, y que en el marco de la citada autorización, la República del Perú acordará una operación de endeudamiento externo con la Corporación Andina de Fomento – CAF hasta por la suma de US$ 200´000,000.00, 21 Cabe resaltar que en la emisión del “D.S. N° 235-2010-EF” aparece con la fecha 24 de noviembre de 2009. Sin embargo la nomenclatura de la citada norma se señala que el año de emisión es el periodo 2010, presumiéndose error en la fecha, por lo que debe entenderse que fue emitido el 24 de noviembre de 2010. Página 67 de 650

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