INFORME FINAL DE LA COMISIÓN INVESTIGADORA ENCARGADA DE INVESTIGAR EL PAGO DE PRESUNTAS COIMAS A FUNCIONARIOS PERUANOS POR PARTE DE LAS EMPRESAS BRASILEÑAS ODEBRECHT, CAMARGO CORREA, OAS, ANDRADE GUTIÉRREZ, QUEIROZ GALVAO Y OTRAS, DESDE EL INICIO DE SUS ACTIVIDADES HASTA LA FECHA, POR CUALQUIER FORMA DE CONTRATO CON EL ESTADO PERUANO. A esto se debe sumar que dicho documento se debería presentar a la Municipalidad Metropolitana de Lima en el plazo máximo de seis meses luego de aprobado por la Municipalidad Metropolitana de Lima el Master Plan que contenga esta obra. Este documento debería ser aprobado por la Municipalidad Metropolitana de Lima. Tanto el Diseño Básico del Proyecto Río Verde como el Máster Plan aprobado por la Municipalidad Metropolitana de Lima existían, por lo que la obligación para la elaboración de expediente técnico o estudio definitivo de ingeniería era de OAS, pero esta empresa, no presentó dicho documento y entre octubre y noviembre del 2014, finalizando la gestión, no firmó el contrato para la construcción de la obra Río Verde, a pesar de las comunicaciones enviadas por INVERMET. El 9 de mayo del 2014, aún durante la gestión de Villarán de la Puente, se firmó un contrato de Fideicomiso en administración, el cual indicaba en la parte de definiciones sobre el concepto de EJECUTOR DE OBRA: Consideramos conveniente presentar un cuadro para analizar las modificaciones existentes entre el contrato de fideicomiso, la adenda a este contrato y el contrato de obra Río Verde41 EJECUTOR OBRA DE CONTRATO DE FIDEICOMISO ADENDA AL CONTRATO DE FIDEICOMISO EL EJECUTOR DE OBRA será la empresa CONSTRUCTORA OAS S.A. SUCURSAL DEL PERÚ, empresa ejecutora de las obras del Proyecto Vía Parque Rímac. La selección del EJECUTOR DE OBRA se ha determinado con el propósito expreso de evitar repercusiones de índole negativo entre las obras materia del fideicomiso y las del Proyecto Vía Parque Rímac. EL EJECUTOR DE OBRA ejecutará las OBRAS comprendidas en el PROYECTO en función al ESTUDIO DEFINITIVO DE INGENIERÍA aprobado por la GERENCIA DEL PROYECTO, y se encargará también de la tramitación y obtención de las autorizaciones, permisos y licencias, inherentes a las OBRAS, exceptuando todas aquellas de índole ambiental y de habilitación urbana. EL EJECUTOR DE OBRA será contratado por EL FIDUCIARIO –en representación del PATRIMONIO FIDEICOMETIDO y de conformidad con la cláusula séptima del CONTRATO- El EJECUTOR DE OBRA será la empresa CONSTRUCTORA OAS S.A. SUCURSAL DEL PERÚ, empresa ejecutora de la obra del Proyecto Vía Parque Rímac. La selección del EJECUTOR DE OBRA se ha determinado con el propósito expreso de evitar repercusiones de índole negativo entre las obras materia del fideicomiso y las del Proyecto Vía Parque Rímac. EL EJECUTOR DE OBRA ejecutará las OBRAS comprendidas en el PROYECTO en función al ESTUDIO DEFINITIVO DE INGENIERÍA aprobado por la GERENCIA DEL PROYECTO y se encargara también de la tramitación y obtención de las autorizaciones, permisos y licencias, inherentes a la ejecución delas OBRAS, exceptuando todas aquellas de índole ambiental y de habilitación urbana. Como parte de las actividades del EJECUTOR DE OBRA, este se encargará también de elaborar el ESTUDIO DEFINITIVO DE INGENIERÍA mediante el Sistema Fast Track. CONTRATO DE OBRA 41 Cuadros elaborados sobre la base del contrato de fideicomiso en administración de fecha 9 de mayo del 2014, la adenda al contrato de fideicomiso de fecha 5 de marzo del 2015 y el contrato de Obra Proyecto Río Verde y Obras de Integración Urbana de fecha 17 de marzo de 2015 Página 204 de 650

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