INFORME FINAL DE LA COMISIÓN INVESTIGADORA ENCARGADA DE INVESTIGAR EL PAGO DE PRESUNTAS COIMAS A
FUNCIONARIOS PERUANOS POR PARTE DE LAS EMPRESAS BRASILEÑAS ODEBRECHT, CAMARGO CORREA, OAS,
ANDRADE GUTIÉRREZ, QUEIROZ GALVAO Y OTRAS, DESDE EL INICIO DE SUS ACTIVIDADES HASTA LA FECHA, POR
CUALQUIER FORMA DE CONTRATO CON EL ESTADO PERUANO.
A esto se debe sumar que dicho documento se debería presentar a la Municipalidad
Metropolitana de Lima en el plazo máximo de seis meses luego de aprobado por la
Municipalidad Metropolitana de Lima el Master Plan que contenga esta obra.
Este documento debería ser aprobado por la Municipalidad Metropolitana de Lima.
Tanto el Diseño Básico del Proyecto Río Verde como el Máster Plan aprobado por la
Municipalidad Metropolitana de Lima existían, por lo que la obligación para la
elaboración de expediente técnico o estudio definitivo de ingeniería era de OAS, pero
esta empresa, no presentó dicho documento y entre octubre y noviembre del 2014,
finalizando la gestión, no firmó el contrato para la construcción de la obra Río Verde, a
pesar de las comunicaciones enviadas por INVERMET.
El 9 de mayo del 2014, aún durante la gestión de Villarán de la Puente, se firmó un
contrato de Fideicomiso en administración, el cual indicaba en la parte de definiciones
sobre el concepto de EJECUTOR DE OBRA:
Consideramos conveniente presentar un cuadro para analizar las modificaciones
existentes entre el contrato de fideicomiso, la adenda a este contrato y el contrato de
obra Río Verde41
EJECUTOR
OBRA
DE
CONTRATO DE FIDEICOMISO
ADENDA AL CONTRATO DE
FIDEICOMISO
EL EJECUTOR DE OBRA será la
empresa CONSTRUCTORA OAS S.A.
SUCURSAL DEL PERÚ, empresa
ejecutora de las obras del Proyecto Vía
Parque Rímac. La selección del
EJECUTOR
DE
OBRA
se
ha
determinado con el propósito expreso
de evitar repercusiones de índole
negativo entre las obras materia del
fideicomiso y las del Proyecto Vía
Parque Rímac.
EL EJECUTOR DE OBRA ejecutará las
OBRAS comprendidas en el PROYECTO
en función al ESTUDIO DEFINITIVO DE
INGENIERÍA
aprobado
por
la
GERENCIA DEL PROYECTO, y se
encargará también de la tramitación y
obtención de las autorizaciones,
permisos y licencias, inherentes a las
OBRAS, exceptuando todas aquellas
de índole ambiental y de habilitación
urbana.
EL EJECUTOR DE OBRA será
contratado por EL FIDUCIARIO –en
representación
del
PATRIMONIO
FIDEICOMETIDO y de conformidad con
la cláusula séptima del CONTRATO-
El EJECUTOR DE OBRA será la
empresa CONSTRUCTORA OAS S.A.
SUCURSAL DEL PERÚ, empresa
ejecutora de la obra del Proyecto Vía
Parque Rímac.
La selección del
EJECUTOR DE OBRA se ha
determinado con el propósito
expreso de evitar repercusiones de
índole negativo entre las obras
materia del fideicomiso y las del
Proyecto Vía Parque Rímac.
EL EJECUTOR DE OBRA ejecutará las
OBRAS
comprendidas
en
el
PROYECTO en función al ESTUDIO
DEFINITIVO DE INGENIERÍA aprobado
por la GERENCIA DEL PROYECTO y se
encargara también de la tramitación
y obtención de las autorizaciones,
permisos y licencias, inherentes a la
ejecución delas OBRAS, exceptuando
todas aquellas de índole ambiental y
de habilitación urbana. Como parte
de las actividades del EJECUTOR DE
OBRA, este se encargará también de
elaborar el ESTUDIO DEFINITIVO DE
INGENIERÍA mediante el Sistema Fast
Track.
CONTRATO DE
OBRA
41
Cuadros elaborados sobre la base del contrato de fideicomiso en administración de fecha 9 de mayo del 2014,
la adenda al contrato de fideicomiso de fecha 5 de marzo del 2015 y el contrato de Obra Proyecto Río Verde y Obras
de Integración Urbana de fecha 17 de marzo de 2015
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